IMPUESTO SOBRE LOCALIDADES CINEMATOGRAFICAS
DELEGACION DE FACULTADES EN EL PODER EJECUTIVO NACIONAL PARA REDUCIR O SUPRIMIR IMPUESTOS SOBRE LAS LOCALIDADES CINEMATOGRAFICAS.
Decreto Ley 9.047/63
DELEGACION DE FACULTADES EN EL PODER EJECUTIVO NACIONAL PARA REDUCIR O SUPRIMIR IMPUESTOS SOBRE LAS LOCALIDADES CINEMATOGRAFICAS.
BUENOS AIRES, 10 de octubre de 1963
El presidente de la Nación Argentina DECRETA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1.-Facúltase al Poder Ejecutivo para reducir en la medida en que lo considere conveniente o dejar sin efecto los gravámenes nacionales a las entradas a los espectáculos cinematográficos.
Art. 2.-Facúltase así mismo al Poder Ejecutivo para promover ante los gobiernos provinciales y municipales la adopción de medidas de análogo carácter y alcance en las respectivas jurisdicciones locales.
Art. 3.-Dése cuenta oportunamente al Honorable Congreso de la Nación.
Art. 4.-El presente decreto será refrendado por los señores ministros secretarios en los departamentos de Interior, de Defensa Nacional y de Economía y firmado por el señor secretario de Hacienda.
Art. 5.-Publíquese, comuníquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese.
GUIDO-Villegas-Astigueta-Martínez de Hoz-Tiscornia.
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