SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Rango Ley
Publicación 1995-06-27
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Ley N° 24.486

Modificación de la Ley N° 24.482.

Sancionada: Mayo 31 de 1995.

Promulgada: Junio 22 de 1995.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1°— Modifícase la Ley 24.482 de la siguiente manera:

Agrégase como segundo artículo el siguiente:

"Artículo 2° — Exceptúase de la prórroga establecida en el primer

artículo de la presente ley a los jugadores, técnicos, trabajadores,

administrativos y de maestranza de los clubes afiliados a la Asociación

del Fútbol Argentino, en el lapso en que militen en primera división

'A' y nacional 'B' y primera división 'B' y el propio personal

administrativo, técnico y de maestranza de dicha asociación, incluidos

en los convenios de corresponsabilidad gremial aprobados por las

Resoluciones N° 212 y 680, de fecha 8 de marzo de 1978 y del 10 de

abril de 1979, respectivamente, ambas del ex-Ministerio de Bienestar

Social".

ARTICULO 2°— Comuníquese al

Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H.

Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y

CINCO.

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