MUSEOS Y MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Rango Ley
Publicación 1997-12-03
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 3
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MUSEOS Y MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Ley N° 24.882

**Decláranse a estaciones ferroviarias del ramal C-25

del Ferrocarril General Manuel Belgrano ubicadas en la Provincia

de Formosa y a la ex usina de la ciudad de Formosa, bienes de

interés histórico.**

Sancionada: Noviembre 5 de 1997.

Promulgada de Hecho: Noviembre 26 de 1997.

B.O: 3/12/97

El Senado y Cámara de Diputados de la

Nación Argentina reunidos en Congreso. etc.. sancionan

con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°-Decláranse bienes de interés

histórico, con arreglo a lo dispuesto por las leyes 12.665

y 24.252, los siguientes edificios:

a)

Las estaciones ferroviarias del ramal C-25 del Ferrocarril

General Manuel Belgrano ubicadas en la Provincia de Formosa en

las localidades de Formosa, Mariano Boedo, Gran Guardia, Pirane,

Palo Santo, Bartolomé de las Casas, Comandante Fontana,

Ibarreta, Estanislao del Campo, Pozo del Tigre, Teniente Brown,

Las Lomitas, Juan C. Bazan, Pozo del Mortero, Laguna Yema, Los

Chiriguanos, Ingeniero Juarez y Teniente General R. M. Fraga.

b)

La ex usina de la ciudad de Formosa, ubicada en la intersección

de las calles Hipólito Yrigoyen, Santa Fe y la Diagonal

Ramos Mejia.

ARTICULO 2º-El Poder Ejecutivo, a través de

sus organismos específicos en forma conjunta con los entes

provinciales de Formosa efectuarán los estudios técnicos

tendientes a la preservación de los edificios mencionados

en el artículo precedente de esta ley.

ARTICULO 3º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

-REGISTRADA BAJO EL N° 24.882-

ALBERTO R. PIERRI-EDUARDO MENEM. -Esther H. Pereyra Arandía

de Perez Pardo.- Edgardo Piuzzi.

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