UNIVERSIDADES

Rango Ley
Publicación 2015-01-14
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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UNIVERSIDADES

Ley 27.062

Universidad Nacional de Rafaela, provincia de Santa Fe. Creación.

Sancionada: Diciembre 03 de 2014

Promulgada de Hecho: Diciembre 23 de 2014

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1° — Créase la

Universidad Nacional de Rafaela - Argentina, con sede central en

Rafaela, provincia de Santa Fe, siendo dicha ciudad, el lugar de

asiento de sus autoridades Centrales.

ARTÍCULO 2° — El Poder

Ejecutivo nacional queda facultado para gestionar y aceptar de

instituciones públicas y privadas, la cesión de bienes muebles e

inmuebles que constituirán el patrimonio de la Universidad Nacional de

Rafaela - Argentina.

ARTÍCULO 3° — El Ministerio de

Educación dispondrá la designación de un rector organizador que tendrá

las atribuciones conferidas por el artículo 49 de la ley 24.521, y que

durará en su cargo hasta tanto se elijan las autoridades que establezca

la futura Universidad Nacional de Rafaela - Argentina.

ARTÍCULO 4º — Los gastos que

demande la implementación de la presente ley serán atendidos con la

partida específica del crédito para las universidades nacionales que

determine el Ministerio de Educación, hasta la inclusión de la

Universidad Nacional de Rafaela - Argentina, en la ley de presupuesto y

otros recursos que ingresen por cualquier título.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL SENADO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 27.062 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.

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