VIAJES OFICIALES

Rango Ley
Publicación 2021-12-24
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 2
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VIAJES OFICIALES

Ley 27666

Acuérdase autorización.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1º- Acuérdase autorización al señor Presidente de la Nación para ausentarse del país durante el año 2022.
Artículo 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.

REGISTRADO BAJO EL N° 27666

CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - SERGIO MASSA - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul

e. 24/12/2021 N° 100816/21 v. 24/12/2021

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