OBRAS

Rango Ley
Publicación 2006-10-09
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 5

AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO PARA CONSTRUIR EN BAHIA BLANCA UN ARSENAL Y PUERTO MILITAR CON SUS CORRESPONDIENTES DARSENAS, DIQUES DE CARENAS, GRADAS DE CONSTRUCCIONES, TALLERES, DEPOSITOS, CUARTELES Y OBRAS DE FORTIFICACION CORRESPONDIENTES, ASI COMO EN OTROS PUERTOS DE LA REPUBLICA LOS DEMAS TRABAJOS ANALOGOS Y COMPLEMENTARIOS QUE CONSTITUYEN EL PROYECTO GENERAL FORMULADO POR EL INGENIERO DON LUIS LUIGGI Y CUYO TOTAL ASCIENDE A LA SUMA DE DIEZ MILLONES DE PESOS MONEDA NACIONAL ORO.

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Ley 3.450

Por cuanto:

El Senado y la Cámara de Diputados

de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

Sancionan con fuerza de

Ley

ARTICULO 1º — Autorizase al Poder Ejecutivo para construir en Bahía Blanca un arsenal y puerto militar con sus correspondientes dársenas, diques de carenas, gradas de construcciones, talleres, depósitos, cuarteles y obras de fortificación correspondientes, así como en otros puertos de la república los demás trabajos análogos y complementarios que constituyen el proyecto general formulado por el Ingeniero Don Luis Luiggi y cuyo total asciende a la suma de diez millones de pesos moneda nacional oro.

ARTICULO 2º — El Poder Ejecutivo podrá invertir desde luego en la ejecución de las obras más urgentes, la suma de cinco millones de pesos moneda nacional oro a medida y en la proporción anual que los recursos del Estado lo permitan.

ARTICULO 3º — Las obras a que se refiere la presente ley podrán efectuarse por licitación, contrato privado, o por administración, según convenga a juicio del Poder Ejecutivo, a los intereses del Estado.

ARTICULO 4º — Declárase de utilidad pública la ocupación de los terrenos requeridos para la ejecución de las obras a que se refiere la presente ley y que figuran en los planos remitidos por el Poder Ejecutivo.

ARTICULO 5º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a treinta de noviembre de mil ochocientos noventa y seis.

Benigno Ocampo, Secretario del Senado. — A.M. Tallafero, Pro Secretario de la C. de Diputados.

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