MODIFICA DECRETO N° 141, DE 1982

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 1987-08-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
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MODIFICA DECRETO N° 141, DE 1982 D.F.L. N° 2.- Santiago, 13 de Abril de 1987.- Vistos: Los artículos 11 y 30 del decreto con fuerza de ley N° 10, de 1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el decreto N° 141, de 1982, de la misma Secretaría de Estado, que transfirió bienes muebles y derechos fiscales a la Empresa de Correos de Chile; y, en uso de la facultad que me confiere el artículo 2°, inciso tercero, de la Ley N° 18.016, renovada por el artículo 1° de la Ley N° 18.518, dicto el siguiente: Decreto con Fuerza de Ley

1°.- Sustitúyese en el número 1° del decreto N° 141, de 1982, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial del 22 de septiembre de 1982, las cantidades de bienes muebles indicadas en sus letras a) a la e), en la forma siguiente: a) Maquinaria y Equipos Máquinas de Escribir 1.436 1.291 Máquinas calculadoras y sumadoras 552 489 Relojes Control Asistencia 27 23 Cintas transportadoras de sacas 4 5 Atadores de correspondencia 30 23 Máquinas franqueadoras 279 314 Obliteradoras 73 61 Máquinas Registradoras 5 33

b)

Otras Máquinas y Equipos de Oficina 53 92 de Servicios Productivos 110 71 de Casino 7 9 Médico Dental 57 21 de Imprenta y otros 115 38

c)

Muebles y Enseres Escritorios 2.639 3.738 Estantes 2.288 2.514 Mesas 2.438 1.914 Mesones 902 994 Sillas 5.112 5.322 Sillones 1.101 871 Relojes murales 450 402 Lámparas eléctricas y a parafina 228 124 Percheros paragüeros 310 315 Cajas de fondo 934 984 Electrodomésticos 3.212 1.669 Extinguidores 578 389 Archivadores metálicos y de madera 589 497 Carros Orgavisión 85 43 Guardarropas madera y metálicos 383 372 Sofás confortables 202 141 Básculas 127 172 Bastidores portasaco 106 111 Carro transporte correspondencia 198 163 Casilleros clasificadores Mad. y Met. 1.675 1.175 Pesacartas 1.194 966 Pesa encomiendas 1.059 895

d)

Otros Muebles y Enseres de Oficina 1.914 2.835 de Servicios Operativos 85 128 Varios 409 583

e)

Equipos e Instalaciones Herramientas menores 575 41

2°.- Reemplázanse los anexos 1, 1/2 y 1/3 mencionados en las letras b), d) y e) del número 1° del decreto N° 141, de 1982, de Telecomunicaciones, por los anexos I, II, y III que forman parte del presente decreto con fuerza de ley.

Anexo

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División de la Vivienda y Urbanismo y Obras Públicas y Transportes Subdivisión Auditoría e Inspección Cursa con alcance D.F.L. N° 2 de 1987 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones N° 20.148. Santiago, 21 de Julio de 1987. Esta Contraloría General ha cursado el D.F.L. del epígrafe que modifica el decreto N° 141, de 1982 de Telecomunicaciones por ajustarse a derecho. Sin embargo, hace presente que analizados los antecedentes tenidos a la vista y efectuadas las comprobaciones pertinentes, entiende que en la página 2, última línea, el guarismo 583 que se indica es 174. Saluda atentamente a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República. Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Presente

Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Enrique Escobar Rodríguez, General de Aviación, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.- René Peri Fagerstrom, General Inspector, Ministro de Bienes Nacionales. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Gustavo Arenas Corral, Coronel, Subsecretario de Telecomunicaciones.

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