Decreto Ley Nº 14831 - EXONERACION TRIBUTARIA A DETERMINADAS OBRAS PUBLICAS
Artículo 1
Exonéranse del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio y del Impuesto al Valor Agregado (incluyéndolos en lo previsto por el artículo 13º, inciso 2) del Título IX del Texto Ordenado - 1976) a todos los suministros de bienes y servicios efectuados en territorio nacional por firmas extranjeras, para las obras realizadas por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, con anterioridad a la fecha de vigencia de esta ley, relativas a: Terminal del Este, Planta de Almacenaje de La Tablada, Remodelación de La Teja y Poliducto.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI
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