Decreto Ley Nº 15007 - DESIGNACION DE CARGOS INFERIORES AL DE CONSEJERO EN EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 1
Durante el lapso de tres meses a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Poder Ejecutivo podrá designar en cargos de categoría inferior a la de Consejero, sin las limitaciones de los artículos 20 y 35 de la ley 14.206, de 6 de junio de 1974, a quienes reuniendo todas las demás exigencias para la designación, acrediten los siguientes requisitos: A) Haber sido con anterioridad funcionario del Escalafón del Servicio Exterior; B) Haber cesado en su cargo por razones ajenas a su voluntad y no imputables a su actuación funcional. En ningún caso podrán reingresar los funcionarios comprendidos en los artículos 20, 31 o 60 de la ley 14.206, de 6 de junio de 1974.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - JULIO C. LUPINACCI
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