Ley Nº 16006 - DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. VILLA FRAY MARCOS. FLORIDA
Artículo 1
Declárase feriado para la Villa Fray Marcos del departamento de Florida, los días 2, 3 y 4 de diciembre de 1988 con motivo de los actos celebratorios del centenario de la fundación de dicha Villa. (*)
Artículo 2
Otórgase goce de licencia paga durante los días referidos en el
artículo 1 , a los trabajadores de la actividad pública y privada nacidos
en Villa Fray Marcos. Los jerarcas de dichos beneficiarios tomarán las providencias pertinentes a los efectos de acreditar dicha condición.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - LUIS BARRIOS TASSANO - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - HUGO M. MEDINA - ADELA RETA - ALEJANDRO ATCHUGARRY - JORGE PRESNO HARAN - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RAUL UGARTE ARTOLA - PEDRO BONINO GARMENDIA - JOSE VILLAR GOMEZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).