Ley Nº 20040 - EXONERACION DE LOS APORTES JUBILATORIOS PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL A LAS AGENCIAS DE VIAJES Y EMPRESAS DE TRANSPORTE TERRESTRE DE TURISMO Y EXCURSIONES, POR EL PLAZO QUE SE DETERMINA. 1° DE ENERO DE 2022 - 31 DE DICIEMBRE DE 2022
Artículo Unico
Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar a partir del 1° de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022 de los aportes patronales jubilatorios de seguridad social, a las agencias de viajes y a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones, según lo determine la reglamentación.
LACALLE POU LUIS; PABLO MIERES; AZUCENA ARBELECHE.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).