CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2009-01-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 1/2009

Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº

AR-L1013, destinado a la ejecución del Programa de Competitividad del

Norte Grande, a suscribirse entre la República Argentina y el Banco

Interamericano de Desarrollo (BID).

Bs. As., 5/1/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0288695/2008 del Registro

del ex MINISTERIO DE ECONO- MIA Y PRODUCCION y el Modelo de Contrato de

Préstamo BID Nº AR-L1013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Contrato de Préstamo BID Nº

AR-L1013, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a

asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA, a fin de posibilitar

la ejecución del PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE GRANDE, por un

monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES DIECISEIS MILLONES (U$S 16.000.000).

Que el mencionado programa será ejecutado por la

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

PUBLICAS.

Que el PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE GRANDE

será financiado parcialmente con los recursos del Contrato de Préstamo

precedentemente señalado y tendrá por finalidad contribuir al

desarrollo económico sustentable de la región del Norte Grande,

mediante el fortalecimiento de la competitividad de los conglomerados

productivos que en el marco del programa se seleccionen.

Que las condiciones generales, los plazos de

amortización, períodos de gracia, tasa de interés, comisión de crédito

y demás cláusulas contenidas en el Contrato de Préstamo propuesto para

ser suscripto, son las usuales que se adoptan en este tipo de contratos

y resultan adecuadas a los propósitos y objetivos a los que será

destinado este financiamiento.

Que conforme al Artículo 20 de la Ley de Ministerios

(texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones,

corresponde al ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION entender en las

negociaciones internacionales de naturaleza monetaria y financiera y en

las relaciones con los organismos monetarios y financieros

internacionales.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al

señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de

Préstamo BID Nº ARL1013 y su documentación complementaria, y acuerde

modificaciones al mismo, siempre que sean convenientes para la

ejecución del PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE GRANDE y la

administración del empréstito, y no constituyan cambios sustanciales al

objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto

o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado

intervención, conforme lo dispone el Artículo 48 de la Ley Nº 11.672

Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), el Decreto Nº 434

de fecha 15 de mayo de 1997 y la Decisión Administrativa Nº 210 de

fecha 15 de mayo de 1997.

Que ha tomado intervención el Servido Jurídico

competente.

Que la presente medida se dicta en uso de las

facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION

NACIONAL, el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente

de Presupuesto (t.o. 2005), los Artículos 57 y 60 in fine de la Ley de

Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector

Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones y la Ley Nº 26.135.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Apruébase el Modelo de

Contrato de Préstamo BID Nº AR-L1013, destinado a la ejecución del

PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE GRANDE, a suscribirse entre la

REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por

un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES DIECISEIS MILLONES (U$S

16.000.000), que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por

una parte introductoria, SIETE (7) Capítulos, y SIETE (7) Cláusulas, de

las Normas Generales integradas por NUEVE (9) Capítulos, NUEVE (9)

Artículos y UN (1) Anexo único, cuya copia autenticada forma parte

integrante del presente decreto como Anexo I.

Asimismo, forman parte integrante de la presente

medida como Anexos II y III, las versiones en idioma español de las

"Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el

Banco Interamericano de Desarrollo (BID)" y las "Políticas para la

Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco

Interamericano de Desarrollo (BID)", ambas correspondientes a la

edición del mes de julio de 2006.

Art. 2º— Facúltase al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que el

mismo designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA

ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID Nº ARL1013 y su documentación

adicional relativa al Modelo que se aprueba por el Artículo 1º del

presente decreto.

Art. 3º— Facúltase al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que el

mismo designe, a convenir y suscribir modificaciones al Contrato cuyo

Modelo se aprueba por el Artículo 1º del presente decreto, siempre que

las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto del Préstamo,

ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento

arbitral pactado.

(Nota Infoleg: por art. 2° del [Decreto

N° 505/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=259735) B.O.

28/3/2016, se

faculta a la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO

DE PRODUCCIÓN a convenir y suscribir modificaciones al Contrato cuyo

Modelo se aprobara por el Artículo 1° del presente Decreto, siempre que las mismas no

constituyan cambios sustanciales al objeto del Préstamo, ni resulten en

un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral

pactado. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín

Oficial.)

Art. 4º— Desígnase a la SECRETARIA DE

POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS como

Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE GRANDE.

Asimismo autorízase al señor Secretario de Política Económica del

citado Ministerio, a tomar las medidas que estime correspondientes para

el comienzo de las actividades del programa, su correcta y normal

ejecución, así como la consecución de los objetivos previstos.

(Nota Infoleg: por art. 1° del[Decreto

N° 505/2016](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=259735)*B.O. 28/3/2016, se

designa a la

SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE

GRANDE, previsto en el presente Decreto, la que

queda facultada a realizar todas las operaciones y contrataciones

necesarias para su ejecución. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el Boletín Oficial.)*

Art. 5º— Comuníquese, publíquese, dése a la

Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE

KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Carlos R. Fernández.

———

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no

publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección

Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en

www.boletinoficial.gov.ar

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.