ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
**ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL**
Decreto 10/2024
**DECTO-2024-10-APN-PTE - Decreto N°
50/2019. Modificación.**
Ciudad de Buenos Aires, 03/01/2024
VISTO el Expediente N° EX-2023-151663522-APN-DD#MS, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992 y sus modificatorios), el Decreto N° 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) estableciendo los
Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la
Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la
actividad del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que resulta necesario aprobar la conformación organizativa y los
Objetivos del MINISTERIO DE SALUD.
Que, asimismo, procede establecer el ámbito jurisdiccional de actuación
de organismos desconcentrados y descentralizados del citado Ministerio.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la intervención que les compete.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado XVI, MINISTERIO DE SALUD, por el
siguiente:
“XVI.- MINISTERIO DE SALUD
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD
- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN SANITARIA
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES SECTORIALES Y ARTICULACIÓN
SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD
- SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, INFORMACIÓN Y
ESTADÍSTICAS DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
- SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS
- SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA
DE DROGAS”.
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado XVI, MINISTERIO DE SALUD, por el obrante en
la PLANILLA ANEXA (IF-2024-00494047-APN-MS) al presente artículo, que
forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el apartado XVI, MINISTERIO DE SALUD, por el
siguiente:
“XVI – MINISTERIO DE SALUD
Organismos Desconcentrados:
SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD
COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN DE TECNOLOGÍAS SANITARIAS Y EXCELENCIA
CLÍNICA (CONETEC)
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DOCTOR
CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS)
INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA TROPICAL
Organismos Descentralizados
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DOCTOR
CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS)
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
(ANMAT)
SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
(INCUCAI)
INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC)
SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN
HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”
HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”
HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES
“LICENCIADA LAURA BONAPARTE”
HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMÓN CARRILLO”
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA DEL SUR “DOCTOR JUAN
OTIMIO TESONE”
Empresas y Entes del Sector Público Nacional
INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
(INSSJP)”.
ARTÍCULO 4º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales
existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente
mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos
cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 5º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos
presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/01/2024 N° 385/24 v. 04/01/2024
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)*
**PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 2'**
(ANEXO II)
XVI.- MINISTERIO DE SALUD
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.
Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el
Ministro.
Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas a
los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus
funciones institucionales.
Asistir al Ministro en las relaciones institucionales, ceremonial y
protocolo.
Intervenir en la comunicación institucional interna y externa y en
la difusión de las acciones, el desarrollo e implementación de diseño
web y contenidos digitales del Ministerio.
Coordinar los asuntos del Ministerio relacionados con la prensa y
los medios de comunicación.
Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las
distintas áreas del Ministerio para la optimización de la gestión en la
implementación de las políticas.
Entender en el seguimiento, elaboración, definición y desarrollo de
instrumentos, herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la
disponibilidad de información.
Coordinar, con las áreas con competencia en la materia, la
elaboración de proyectos de normas reglamentarias de las leyes en las
que el Ministerio hubiese sido constituido como Autoridad de Aplicación.
Entender en el desarrollo de las relaciones institucionales con
organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los
ámbitos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
y municipales, como así también con instituciones del sector no
gubernamental y de la seguridad social, en el área de su competencia.
Asistir al Ministro en las relaciones sanitarias federales a través
del Consejo Federal de Salud -CO.FE.SA.-, del Consejo Regional de Salud
-CO.RE.SA- y del Consejo Federal Legislativo de Salud -CO.FE.LE.SA-.
Asistir al Ministro en las actividades referidas a las relaciones
sanitarias nacionales e internacionales de la Jurisdicción.
Coordinar y articular con las áreas sustantivas del Ministerio la
posición nacional en foros y organismos internacionales, en los temas
de su competencia.
Fomentar la política de transparencia e integridad en la
jurisdicción y articular acciones con la OFICINA ANTICORRUPCIÓN.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas,
presupuestarias y financieras de los Servicios Administrativos
Financieros de la Jurisdicción.
Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y
administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del
Ministerio.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos
del Ministerio.
Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.
Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que
respecta a la emisión de dictámenes del Ministerio.
Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y
disciplinarios del Ministerio.
Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y
demás adquisiciones efectuadas por los Servicios Administrativos
Financieros del Ministerio.
Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción.
Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo del Ministerio.
Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios del Ministerio.
Entender, en el ámbito de su competencia, en la gestión operativa
de recursos físicos en salud y de proyectos de infraestructura
sanitaria en función de los lineamientos técnicos establecidos por las
áreas sustantivas del Ministerio.
Intervenir en la planificación y adquisición de equipamiento médico
en el marco de su competencia.
Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.
Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de
la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el
ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca
la Autoridad de Aplicación en cada materia.
Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las
previsiones establecidas en la Ley N° 27.275.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD
OBJETIVOS
Entender en el diseño de planes, programas y proyectos para
favorecer y ampliar el acceso a la salud y definir el modelo de
atención, contribuyendo a la articulación e integración de programas
sanitarios.
Asistir al Ministro en lo inherente a la salud de la población y a
la promoción de conductas saludables de la comunidad.
Entender en el diseño y desarrollo de políticas de igualdad de
género en la salud.
Entender en la planificación estratégica de las acciones, monitoreo
de la gestión, almacenamiento y logística de los suministros sanitarios
del sector salud, así como en el impacto de las políticas implementadas
en el sector.
Entender, en el ámbito de su competencia, en la promoción,
desarrollo y difusión de investigaciones científicas que contribuyan al
desarrollo del sector salud y a la adopción e implementación de
tratamientos no convencionales.
Intervenir en la elaboración y ejecución de los programas
materno-infantiles, tanto en el ámbito nacional como interregional,
tendientes a disminuir la morbilidad y la mortalidad materna e infantil.
Entender en el diseño de estrategias y políticas en materia de salud
materno-infantil y adolescente, salud sexual y procreación responsable,
prevención del embarazo no intencional adolescente, reproducción
médicamente asistida, prevención y tratamiento de enfermedades de
transmisión sexual.
Elaborar y ejecutar los planes de las campañas sanitarias destinadas
a lograr el control y la eliminación de enfermedades endémicas, el
acceso al tratamiento, la detección y prevención de otras enfermedades
transmisibles y las enfermedades crónicas no transmisibles.
Entender en la respuesta integrada al VIH e infecciones de
transmisión sexual, la provisión de tratamientos antirretrovirales a
las personas con VIH sin cobertura de la seguridad social ni privada.
Entender en la programación y dirección de los programas nacionales
de vacunación e inmunizaciones para el control de enfermedades.
Entender en la provisión de medicamentos esenciales, el acceso a
tratamientos médicos y reactivos para patologías específicas,
priorizando a la población sin cobertura de salud y fortaleciendo el
primer nivel de atención.
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y
ejecución de programas integrados que cubran a los habitantes en caso
de patologías específicas y grupos poblacionales determinados en
situación de riesgo.
Articular con organizaciones de la sociedad civil, en materia de su
competencia, alianzas estratégicas con el fin de promover la
elaboración de proyectos de salud intercultural.
Entender en la prevención, diagnóstico referencial, investigación y
tratamiento de enfermedades toxo-infecciosas, de base genética, de base
nutricional y no transmisibles.
Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN DE
TECNOLOGÍAS SANITARIAS Y EXCELENCIA CLÍNICA (CONETEC).
Asistir al Ministro en la planificación estratégica de las
políticas, así como el desarrollo de modelos de financiamiento de la
salud.
Asistir al Ministro en la elaboración de propuestas de distribución
de subsidios a otorgar con fondos propios a las Entidades públicas y
privadas que desarrollen actividades de medicina preventiva o
asistencial.
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