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PREVENCION DROGADICCION Y LUCHA C/NARCOTRAFICO

Texto vigente a fecha 1970-01-02

CONVENIOS

Decreto 101/2001

**Ratifícase un convenio celebrado entre

la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Secretaría de

Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el

Narcotráfico, en el marco del artículo 39 de la Ley N° 23.737 y sus

modificatorias.**

Bs. As., 25/1/2001

VISTO el convenio suscripto entre la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA

NACION y la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA

DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA

NACION en fecha 14/12/93, en el marco de lo establecido en el artículo

39 de la Ley N° 23.737 y sus modificatorias, y su reglamentación

aprobada por el Decreto N° 1148/91, convalidado por la Ley N° 24.061, y

CONSIDERANDO:

Que resultó necesario implementar diversas reformas al convenio citado

en el Visto, a los efectos de cumplir e impulsar adecuadamente, las

acciones emergentes del marco normativo citado ut-supra.

Que en tal sentido se ha suscripto un nuevo convenio que mantiene la

distribución prevista en el acuerdo oportunamente ratificado por

Decreto N° 530/94 de los bienes decomisados, beneficios económicos y

multas entregadas a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE

LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE

LA NACION.

Que el nuevo acuerdo al que se le otorga carácter de complementario,

dado que modifica y aclara el suscripto por las partes, el 14 de

diciembre de 1993 prevé la creación de una Comisión Mixta, lo que

permitirá lograr una mayor eficiencia del sistema, ya que la misma

tendrá a su cargo la recepción, administración y enajenación de los

bienes puestos a su disposición por decomisos en causas originadas en

infracciones a la Ley N° 23.737 y sus modificatorias.

Que la mencionada Comisión, se denominará "COMISION MIXTA de REGISTRO,

ADMINISTRACION Y DISPOSICION LEY 23.737" y estará conformada por DOS

(2) miembros representantes de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA

NACION y DOS (2) miembros representantes de la SECRETARIA DE

PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL

NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la creciente propagación de la drogadicción en la sociedad, resulta

una preocupación permanente del Gobierno Nacional debido a sus efectos

en la salud pública y en el tejido social, con fuerte incidencia en la

asignación de recursos económicos.

Que la acción eficaz a favor de la prevención del uso indebido de

drogas y el control de la drogadicción, debe basarse en un enfoque

amplio, equilibrado y coordinado, en virtud del cual la reducción de la

oferta y la demanda se refuercen mutuamente.

Que la lucha contra las drogas, trasciende a la actual administración, resultando una cuestión de estado.

Que consecuente con este criterio, el convenio suscripto se enmarca

dentro de los objetivos de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA

PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la

PRESIDENCIA DE LA NACION descriptos en los Decretos Nros. 623/96,

1426/96 y 20/99, que es el de elaborar políticas y aplicar estrategias

y acciones para la prevención de la drogadependencia mediante la

asistencia e investigación en la lucha contra el uso indebido,

producción, tráfico y comercialización de drogas ilícitas,

estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

Que nuestro país ha asumido compromisos internacionales a través de la

Organización de las Naciones Unidas —ONU—, de la Organización de los

Estados Americanos —OEA— y de otros Organismos Internaciones, así como

ha convenido acuerdos multilaterales y bilaterales, a fin de llevar a

cabo una eficaz y eficiente lucha contra el tráfico ilícito de drogas.

Que por todo lo expuesto, resulta aconsejable ratificar el nuevo

convenio suscripto el 15 de diciembre de 2000 entre la CORTE SUPREMA DE

JUSTICIA DE LA NACION y la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA

PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la

PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Ratifícase el

convenio suscripto el día 15 de diciembre de 2000 entre la CORTE

SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION y la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA

LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de

la PRESIDENCIA DE LA NACION, en el marco de lo establecido en el

artículo 39 de la Ley N° 23.737 y sus modificatorias, y su

reglamentación aprobada por Decreto N° 1148/91, convalidado por la Ley

N° 24.061, que como Anexo I, forma parte del presente decreto.

Art. 2° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Jorge E. De La Rúa. —

José L. Machinea.

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I. La documentación no

publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección

Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).

(Nota Infoleg:*Los

anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link*:Anexos)