MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 1012/2009
Desígnase la Directora Nacional de la Dirección Nacional del Registro Unico de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos.
Bs. As., 29/7/2009
VISTO el Expediente Nº 181.054/09 del registro del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.422 y los Decretos
Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098
del 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.422 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2009.
Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.422 se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su
sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo
decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10
de esa misma ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS solicita la
cobertura transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional
de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO UNICO DE ASPIRANTES A GUARDA CON
FINES ADOPTIVOS dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del
referido Ministerio.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria
resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de
excepción a lo establecido por el artículo 7º de la Ley Nº 26.422.
Que se encuentra vacante el referido cargo de Director Nacional,
resultando indispensable proceder a su cobertura transitoria a partir
del dictado del presente decreto, para el debido cumplimiento de los
objetivos asignados a la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del referido
Ministerio.
Que la licenciada María Federica OTERO reúne los requisitos de
idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el cargo antes
mencionado.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO
DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto
resultante de la medida que se aprueba por el presente.
Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento
jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los
artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.422, como así también en función de
lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Desígnase
transitoriamente y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,
a la licenciada María Federica OTERO (D.N.I. Nº 20.695.599) en el cargo
de Directora Nacional de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO UNICO DE
ASPIRANTES A GUARDA CON FINES ADOPTIVOS dependiente de la SECRETARIA DE
ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS, Nivel A, Grado 0 autorizándose el correspondiente pago de la
Función Ejecutiva de Nivel l del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.422.
Art. 2º — El cargo involucrado
en este acto deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección
vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en
el artículo 120 y en el Título II Capítulos III, IV y VIII del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº
2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir del dictado del presente decreto.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. —
Julio C. Alak.
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