LEY N° 13897
TENGASE POR LEY DE LA NACION
PODEER EJECUTIVO DE LA NACION
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
DECRETO N° 10.175
Buenos Aires, 20 de mayo de 1950.
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese.
PERON
Carlos a. Emery
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