← Texto vigente · Historial

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 1019/2016

Designación.

Buenos Aires, 14/09/2016

VISTO el Expediente N° 21.875/2016 del Registro del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio Exterior de la

Nación N° 20.957 y el Decreto N° 147 de fecha 12 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 147/16 fue creado el cargo Extraescalafonario de

Coordinador General Legal y Técnico dependiente del Secretario de

Coordinación y Cooperación Internacional del MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES Y CULTO, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que el Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Carlos Luis Roque

CARBONARI reúne la experiencia necesaria para cubrir el cargo citado en

el considerando precedente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su

competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL prestan su

conformidad al dictado del presente decreto.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la

materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por los Artículos

99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 7° del Reglamento de la Ley

Orgánica del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, aprobado por el

Decreto N° 1.973/86.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Desígnase en el cargo Extraescalafonario de Coordinador

General Legal y Técnico dependiente del Secretario de Coordinación y

Cooperación Internacional, con rango y jerarquía de Subsecretario, al

señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Carlos Luis Roque

CARBONARI (D.N.I. N° 14.455.056).

ARTÍCULO 2° — Asígnase la categoría de Embajador Extraordinario y

Plenipotenciario, al sólo efecto del rango protocolar, conforme lo

establece el Artículo 7° del Reglamento de la Ley Orgánica del Servicio

Exterior de la Nación N° 20.957, aprobado por el Decreto N° 1.973/86,

mientras dure el desempeño de sus funciones como Coordinador General

Legal y Técnico.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la

Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.