MINISTERIO DE JUSTICIA
MINISTERIO DE JUSTICIA
Decreto 102 /97
Apruébase la estructura organizativa del citado Departamento de Estado.
Bs.As., 31/01/1997
VISTO las Leyes N° 23.696 y N° 23.697 por las que se puso en ejecución el proceso de reforma del Estado, la Ley N° 24.629, los Decretos N° 558/96 y N° 660/96, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 24.629 se otorga al PODER EJECUTIVO NACIONAL facultades destinadas a completar el esquema de Reforma del Estado, a fin de posibilitar la reorganización del Sector Público con el objeto de lograr una mayor eficiencia y racionalización en su funcionamiento.
Que en dicho marco se dictó el Decreto N° 558/96 por el que se crea, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO, la que tiene entre sus funciones la de diseñar y coordinar las acciones relativas a la reforma y modernización del Estado.
Que por el Decreto N° 660/96 se aprueba el organigrama de aplicación en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada hasta el nivel de Subsecretarías y los objetivos de las unidades organizativas aprobadas.
Que con motivo de la supresión de la SECRETARIA Y SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES dispuesta por el artículo 25 del referido Decreto N° 660/96, deviene imprescindible modificar los objetivos asignados a la SECRETARIA y SUBSECRETARIA DE JUSTICIA, a la SECRETARIA Y SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGISLATIVOS y a la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION, como así también el artículo 8° del Decreto N° 779/75, reglamentario de la Ley N° 24.449.
Que en atención a las modificaciones definidas precedentemente corresponde adecuar el Anexo II -Objetivos- del Decreto N° 660/96.
Que a fin de asegurar un mejor desenvolvimiento de las funciones asignadas al MINISTERIO DE JUSTICIA, resulta necesario que diversas unidades organizativas dependan jerárquicamente de la máxima autoridad de la Jurisdicción.
Que atento la recomendación formulada por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, el MINISTERIO DE JUSTICIA ha suprimido la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Que a fin de completar el proceso de organización la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO ha comunicado los niveles de reducción y reestructuración específicos de la planta de personal del MINISTERIO DE JUSTICIA, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto N° 558/96.
Que dicha propuesta se ha elaborado, asimismo de acuerdo con los lineamientos fijados por el Decreto N° 1545/94 y sus normas complementarias.
Que ha tomado intervención la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO, expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°- Modifícase el Anexo II del Decreto N. 660/96, en la parte pertinente al MINISTERIO DE JUSTICIA, en relación a los objetivos de la SECRETARIA Y SUBSECRETARIA DE JUSTICIA, de la SECRETARIA Y SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGISLATIVOS y de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION de acuerdo con el Anexo al presente Artículo, que forma parte del mismo.
Art. 2°- Apruébase la estructura organizativa del MINISTERIO DE JUSTICIA de acuerdo con los Organigramas, Responsabilidad Primaria y Acciones y Cargos -Planta Permanente-, los que como ANEXO Ia, Ib, Ic, Id, Ie, II y III forman parte integrante del presente decreto.
Art. 3°- Facúltase al MINISTERIO DE JUSTICIA, a efectuar designaciones transitorias en los cargos vacantes financiados de la estructura que se aprueba, hasta tanto finalicen los correspondientes concursos en el marco del Sistema aprobado por el Decreto N° 993/91 T. O. 1995. Dichos concursos deberán convocarse dentro de los NOVENTA (90) días de la entrada en vigencia del presente.
Art. 4°- Exceptúase al MINISTERIO DE JUSTICIA, por única vez, de las limitaciones establecidas por el artículo 18 del Anexo I del decreto N° 2043/80, al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos de la estructura que se aprueba.
Art. 5°- En un plazo de hasta TREINTA (30) días, a partir del presente, el MINISTERIO DE JUSTICIA deberá presentar la propuesta de estructura organizativa de las aperturas inferiores a las que se aprueban por el presente decreto, en concordancia con lo establecido por el Decreto N° 1545/94, reglamentado por la Resolución S. F. P. N° 422/94. Hasta tanto se aprueben, quedarán vigentes las unidades existentes con la asignación de los respectivos cargos con funciones ejecutivas.
Art. 6º- Derógase el Decreto N° 2358/93 y sus modificatorios y el Decreto N° 1347/93, en la parte pertinente a la creación del cargo de auditor interno de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Art. 7°- Modifícase el artículo 8° del Decreto N. 779/95 dejándose establecido que el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO funcionará en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA, SECRETARIA DE JUSTICIA, DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y CREDITOS PRENDARIOS.
Art. 8°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM - RODRIGUEZ - JASSAN-
ANEXO AL ARTICULO 1°
SECRETARIA DE JUSTICIA
OBJETIVOS
Asistir al Ministro de Justicia en sus relaciones con el PODER JUDICIAL DE LA NACION y con el MINISTERIO PUBLICO, en su organización y en mejoramiento del servicio de administración de justicia en la forma que establezcan las leyes. Mantener actualizada la guía judicial y realizar estudios e informes referentes al régimen legal para la confección del mapa general de la justicia nacional y federal y del MINISTERIO PUBLICO.
Asistir al Ministro de Justicia en sus relaciones con el Congreso de la Nación en los asuntos relacionados con las materias de su competencia.
Asistir al Ministro de Justicia en la coordinación de los programas jurídicos sociales y de atención comunitaria, supervisando su funcionamiento.
Asistir al Ministro de Justicia en la coordinación de las actividades de cooperación jurídica, nacional e internacional.
Intervenir en las actividades relativas a la aplicación del régimen de extradición, a la participación del Ministerio en materia de derechos humanos, a la substanciación de sumarios administrativos por hechos en que se encuentren imputados agentes de la jurisdicción y a la protección de personas incapaces a cargo de la Curaduría Oficial.
Planificar y coordinar las actividades de los registros a cargo del ministerio como autoridad de aplicación.
Realizar investigaciones y estudios que permitan definir los lineamientos generales o acciones a que deberán ajustarse las iniciativas y proyectos relativos a materia de su competencia, como así también aquellos concernientes a instituciones jurídicas vinculadas con los objetivos de la Secretaría y otros que se la encomienden mediante la consulta de sectores directamente interesados y por otros medios.
SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
OBJETIVOS
Asistir al Secretario de Justicia el análisis de los asuntos sometidos a su consideración.
Asistir, asimismo en la atención de los temas vinculados con los Registros a cargo de la Secretaría y en la supervisión de las acciones en materia del Sistema Argentino de Informática Jurídica.
Asegurar la protección y asistencia a las personas incapaces confiadas a la Curaduría Oficial.
Instruir sumarios administrativos en los casos previstos en el ordenamiento jurídico vigente y por hechos en que se encuentren imputados miembros del Ministerio Público.
Asistir al Secretario de Justicia en lo relacionado con los derechos humanos, ante organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales en el ámbito de la competencia del Ministerio.
Asesorar en la celebración de convenios necesarios para la cooperación jurídica y ejecutar las acciones emergentes de los mismos.
SECRETARIA DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
OBJETIVO
Elaborar anteproyectos de reforma y actualización de textos legales, de adecuación de la legislación nacional de carácter general y de los Códigos, de normas reglamentarias y de ordenamiento y compilación de normas jurídicas y administrativas, organizar y apoyar la labor de las comisiones que se creen a tales fines.
Efectuar el estudio de proyectos de leyes y decretos originados en otras áreas del Poder Ejecutivo Nacional para aconsejar al Ministro de Justicio respecto de la procedencia de su refrendo.
Asistir al Ministro de Justicia en el seguimiento del trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la jurisdicción y lo relacionado con el ejercicio constitucional del veto.
Controlar la edición del Boletín Oficial de la República Argentina y la publicación de leyes, decretos y otros actos de interés general.
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
OBJETIVOS
Asistir al Secretario de Asuntos Legislativos en la elaboración de proyectos normativos, coordinando las tareas de recopilación, investigación y formulación de las propuestas respectivas.
Atender al cuadro de situación de los estudios legislativos encomendados a las unidades
bajo su dependencia y evaluar su estado.
Supervisar los estudios relacionados con los proyectos de leyes y decretos originados en otras áreas del Poder Ejecutivo Nacional, asistiendo al Secretario de Asuntos Legislativos en la intervención que le compete con respecto a los mismos.
Proyectar las propuestas o informes que relacionados a su cargo, deba elevar la Secretaría al Ministro de Justicia.
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
OBJETIVOS
Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción.
Asistir a las Unidades Ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la obtención de los recursos humanos, económicos, financieros, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.
Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción así como la planificación de la s actividades de administración.
Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.
[IMG]
[IMG]
ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION:
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la dirección de la función notarial del Estado Nacional y en el resguardo de los títulos de propiedad de inmuebles que a él pertenezcan, a fin de dar fe del registro de actos y disposiciones del Gobierno de la Nación.
ACCIONES:
Efectuar los actos notariales protocolares y extraprotocolares en los que el Gobierno de la Nación tuviera interés, a través del titular del Registro Notarial del Estado Nacional quien, en casos necesarios, podrá delegar funciones en los Escribanos Adscriptos.
2 Efectuar el registro y archivo de los títulos de propiedad de inmuebles del Estado Nacional y asesorar sobre los mismos.
Mantener el Libro de Juramentos, donde se labran actas de asunciones, reasunciones y delegaciones de mando del Presidente y del Vicepresidente de la Nación, de Juramentos de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional y de Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuando lo presten ante el Presidente de la Nación.
Asesorar en cuestiones técnico-notariales al Presidente de la Nación y a los Ministros del Poder Ejecutivo Nacional.
Organizar, en el Tesoro de la Escribanía General, la conservación y custodia de protocolos notariales.
Organizar y mantener el registro, archivo y custodia de declaraciones juradas patrimoniales de agentes de la Administración Pública Nacional.
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia.
ACCIONES:
Establecer la planificación de la auditoría interna de la jurisdicción, conforme a las normas generales de Control Interno y Auditoría Interna.
Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna.
Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior.
Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del sistema de control interno.
Tomar conocimiento integral de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.
Verificar si en las erogaciones e ingresos de la jurisdicción, se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente.
Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos contables.
Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.
Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.
Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.
Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen.
Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
AUDITORIA ADJUNTA
ACCIONES
Coordinar el desarollo de la planificación, programación y ejecución de las acciones de auditoría.
Reemplazar al Auditor Interno Titular en caso de ausencia.
Asistir al Auditor Interno Titular en materia de relaciones institucionales y en la coordinación de acciones con otros organismos de control interno y externo.
Asistir al Auditor Interno Titular en la evaluación del desarrollo general de las acciones de la unidad, asesorando en orden a la factibilidad de elección de alternativas para el mejor servicio a toda la organización, compatible con los medios disponibles.
Revisar que el resultado de las auditorías se correspondan con los objetivos y metas propuestas.
Ponderar hechos y situaciones que, conforme el resultado de las acciones, han afectado su eficiencia y resultan o puedan resultar gravitantes para la reformulación de estrategias, planes y programas, exponiendo al Auditor Interno Titular su dimensión y alcance.
Proponer el orden de prioridades de las auditorías a realizar.
Analizar los resultados de los trabajos elevados por los supervisores de auditoría, evaluar y conformar las conclusiones al respecto.
Propiciar la formación de grupos de trabajo interno para resolver cuestiones técnicas y de organización funcional.
Calificar en primera instancia a los responsables de las Areas sustantivas y emitir opinión primaria acerca del grado de eficiencia en el desenvolvimiento de dichas áreas.
Coordinar la producción de la información final de la Unidad de Auditoría Interna a partir de las conclusiones de las diferentes áreas sustantivas de acciones de auditoría.
AUDITORIA ADJUNTA SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL
ACCIONES
Asistir y asesorar al Auditor Interno Titular en todos los aspectos relacionados con el accionar de la Unidad de Auditoría en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal.
Elaborar el planeamiento general de las actividades de auditoría a desarrollarse en el Servicio Penitenciario Federal, de acuerdo a las normas generales de control interno y de auditoría interna, aplicando el modelo de control integral e integrado.
Coordinar la producción de información final de las tareas de auditoría desarrolladas en el Servicio Penitenciario Federal, a partir de las conclusiones de los diferentes grupos de trabajo.
Proponer, definir y fundamentar diferentes estrategias tendientes a consolidar la estructura de programación presupuestaria del organismo con el fin de alcanzar los objetivos propuestos por la conducción del Servicio Penitenciario Federal.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.