MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 1045/2013
**Dase por designado el Director Nacional de Cooperación Internacional
Jurídica y en Sistemas Judiciales de la Subsecretaría de Relaciones con
el Poder Judicial de la Secretaría de Justicia.**
Bs. As., 29/7/2013
VISTO el Expediente Nº S04:0009015/2013 del registro del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.784, los Decretos Nros. 491
del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de
diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784 se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su
sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo
decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10
de la citada ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura
transitoria del cargo de Director Nacional de la DIRECCION NACIONAL DE
COOPERACION INTERNACIONAL JURIDICA Y EN SISTEMAS JUDICIALES dependiente
de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL de la
SECRETARIA DE JUSTICIA.
Que el doctor Sebastián Alejandro REY (D.N.I. Nº 28.860.019) reúne los
conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del
cargo a cubrir.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria
resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.
Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601/02.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de
los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y del artículo 1° del Decreto
Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designado transitoriamente, a partir del 7 de marzo de 2013 y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al doctor Sebastián
Alejandro REY (D.N.I. Nº 28.860.019), en el cargo de Director Nacional
de la DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL JURIDICA Y EN
SISTEMAS JUDICIALES dependiente de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON
EL PODER JUDICIAL de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del citado
Convenio, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7°
de la Ley Nº 26.784.
Art. 2° — El cargo involucrado
en la presente medida deberá ser cubierto de conformidad con los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº
2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir del 7 de marzo de 2013.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.
Lorenzino. — Julio C. Alak.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.