ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2013-02-05
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 105/2013

**Modifícase la estructura organizativa

de primer nivel operativo del Teatro Nacional Cervantes de la

Secretaría de Cultura de Presidencia de la Nación.**

Bs. As., 24/1/2013

VISTO el Decreto Nº 641 del 22 de mayo de 2006 por el cual se aprobó la

estructura organizativa del TEATRO NACIONAL CERVANTES organismo

autárquico de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION,

y el Decreto Nº 318 del 27 de marzo de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por el primer Decreto mencionado en el VISTO se ha aprobado la

estructura organizativa del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo

autárquico de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que en el desarrollo de las actividades previstas en los planes y

proyectos incluidos en la programación de las tareas anuales y

plurianuales del mencionado Teatro, ha quedado en evidencia la

necesidad de contar con una instancia de asesoramiento legal formal

propio de la Institución, que permita la agilización de las actividades

y produzca economías de proceso y mejoras de la calidad en la gestión.

Que en el mismo sentido, y tomando en consideración razones de buena

administración, se considera oportuno eliminar restricciones existentes

en la asignación y distribución del capital humano con el que cuenta el

Organismo, siempre dentro de los límites fijados por la cantidad de

cargos financiados aprobados por las respectivas Leyes de Presupuesto.

Que por el Decreto Nº 318 del 27 de marzo de 1996 se ha establecido la

condición de organismo autárquico del TEATRO NACIONAL CERVANTES.

Que, tal como está establecido en la motivación de la norma mencionada

en el apartado anterior, a partir del dictado de la misma se ha

iniciado una etapa de mayor vitalidad en la vida institucional del

TEATRO NACIONAL CERVANTES tanto desde el punto de vista de la calidad y

oferta de la actividad artística, como de la repercusión federal de sus

actividades.

Que, en tal sentido, se considera adecuado eliminar ciertas

restricciones que llegan a condicionar la continuidad y permanencia de

las gestiones exitosas de las autoridades máximas del organismo,

permitiendo y facilitando el diseño y la implementación de proyectos de

gestión coherentes y consistentes en el mediano y largo plazo.

Que esta medida encuadra en las facultades otorgadas al PODER EJECUTIVO

NACIONAL por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Incorpórase a la

estructura organizativa de primer nivel operativo del TEATRO NACIONAL

CERVANTES, organismo autárquico dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA

de la PRESIDENCIA DE LA NACION, aprobada por Decreto Nº 641 del 22 de

mayo de 2006, el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS LEGALES de conformidad con la

Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Planilla Anexa al

presente artículo, forma parte integrante de este Decreto.

Art. 2° — Sustitúyese el Anexo

I aprobado por el Artículo 1° del Decreto Nº 641 del 22 de mayo de

2006, correspondiente al Organigrama de primer nivel operativo de la

estructura organizativa del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo

autárquico dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE

LA NACION, de conformidad con el detalle que, con idéntica

denominación, forma parte integrante del presente decreto.

Art. 3° — Facúltase al DIRECTOR

DEL TEATRO NACIONAL CERVANTES a aprobar y/o modificar el anexo de

dotación del Organismo, dentro de los cargos financiados previstos por

las leyes de presupuesto vigentes, previa intervención de la SECRETARIA

DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

Art. 4° — Sustitúyese el Artículo 6° del Decreto Nº 318 del 27 de marzo de 1996, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 6°.- El Director y el Subdirector del TEATRO NACIONAL

CERVANTES serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta

de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

permanecerán en funciones por DOS (2) años, con posibilidad de volver a

ser designados por períodos iguales y consecutivos.”

Art. 5° — El gasto que demande

la aplicación de la presente medida se atenderá con las partidas

presupuestarias asignadas en el presupuesto vigente para la

Jurisdicción 20 - 14 SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA

NACION - Entidad 113 - TEATRO NACIONAL CERVANTES.

Art. 6° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.

Randazzo.

Planilla anexa al artículo 1°

TEATRO NACIONAL CERVANTES

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS LEGALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el asesoramiento jurídico integral del Teatro Nacional

Cervantes, a los efectos de cuidar que sus acciones se encuadren en el

ordenamiento legal vigente, representando legalmente al organismo en

las instancias judiciales en que sea parte.

ACCIONES

1.

Ejercer el control de la legalidad y legitimidad de los actos administrativos.

2.

Entender en todos los contratos en los cuales el organismo sea parte.

3.

Asesorar en cuestiones legales, colaborando en la redacción de las

normas emanadas del organismo, e interviniendo en todos los convenios

en los que éste sea parte.

4.

Atender las actividades derivadas de la presentación de recursos y emitir dictámenes.

5.

Representar al Teatro en los juicios en los que el Organismo sea parte.

ANEXO I

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