PRESIDENCIA DE LA NACION
PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 1058/2002
Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Cultura.
Bs. As., 19/6/2002
VISTO los Decretos Nº 402 del 22 de mayo de 2000 y
su modificatorio Nº 227 del 4 de febrero de 2002, Nº 290 del 12 de
febrero de 2002 y Nº 357 del 22 de febrero de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por la norma citada en primer término en el
\/isto, se aprobó la estructura organizativa de la ex-SECRETARIA DE
CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por el Decreto Nº 227/02 el Poder Ejecutivo
Nacional dispone la separación de la ex-SECRETARIA DE CULTURA Y
COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, creando la SECRETARIA DE
MEDIOS DE COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que el Decreto Nº 290/02, establece que la
ex-SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICAClON de la PRESIDENCIA DE LA NACION,
pasa a denominarse SECRETARIA DE CULTURA, la que actuará en la órbita
de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que este último Decreto, ordena a la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, presentar una propuesta de
estructura organizativa y distribución de las plantas de personal hasta
el nivel de Dirección Nacional, General o equivalentes o primer nivel
operativo con dependencia directa del nivel político.
Que por el Decreto Nº 357/02, se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional, hasta
eI nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus competencias.
Que en razón de ello resulta necesario aprobar la
estructura organizativa de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA
DE LA NACION y determinar la conformación de los organismos
descentralizados y desconcentrados.
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las
atribuciones emergentes del Artículo 99 inciso 1º de la Constitución
Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º— Apruébase la estructura
organizativa de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION
de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones y
Cargos - Planta Permanente y Planta no Permanente de Personal
Transitorio, los que como Anexos la, Ib, II, IIIa, IIIb, IIIc, IIId y
IIIe forman parte integrante del presente.
Art. 2º— El gasto que demande el
cumplimiento de la presente medida, será atendido con las partidas
presupuestarias asignadas a la Jurisdicción 20-14 de la PRESIDENCIA DE
LA NACION.
Art. 3º— Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Jorge R. Matzkin.
Anexo Ia
(Anexo sustituido por art. 1° delDecreto N° 587/2013B.O. 30/05/2013).
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ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACION CENTRALIZADA
DEPENDIENTES DE LAS UNIDADES DE LA SECRETARIA DE CULTURA DE LA
PRESIDENCIA DE LA NACION
DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS
INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS DE TEATRO
COMISION NACIONAL DE LA MANZANA DE LAS LUCES.
INSTITUTO "JUAN BAUTISTA ALBERDI"
MUSEO "CASA RICARDO ROJAS"
CASA HISTORICA DE LA INDEPENDENCIA.
MUSEO DE LA HISTORIA DEL TRAJE
MUSEO HISTORICO DE LA CASA DEL VIRREY LINIERS.
MUSEO HISTORICO DEL NORTE.
MUSEO HISTORICO NACIONAL.
MUSEO HISTORICO NACIONAL DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Y DE LA REVOLUCION DE MAYO.
MUSEO HISTORICO SARMIENTO.
MUSEO Y BIBLIOTECA "CASA NATAL DE SARMIENTO".
ESTANCIA DE JESUS MARIA-MUSEO JESUITICO NACIONAL (Denominación MUSEO JESUITICO DE JESUS MARIA sustituida por ESTANCIA DE JESUS MARIA-MUSEO JESUITICO NACIONAL por art. 1° delDecreto N° 230/2011B.O. 9/3/2011).
MUSEO MITRE.
MUSEO Y BIBLIOTECA DE LA CASA DEL ACUERDO DE SAN NICOLAS.
PALACIO SAN JOSE - MUSEO Y MONUMENTO NACIONAL "JUSTO JOSE DE URQUIZA".
MUSEO ROCA - INSTITUTO DE INVESTIGACIONES HISTORICAS.
MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES.
MUSEO NACIONAL DE ARTE DECORATIVO.
MUSEO NACIONAL DE ARTE ORIENTAL.
MUSEO "CASA DE YRURTIA".
MUSEO NACIONAL DEL GRABADO.
MUSEO REGIONAL DE PINTURA "JOSE A. TERRY".
INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA Y DEL PENSAMIENTO LATINOAMERICANO.
DIRECCION NACIONAL DE ARTES.
CORO NACIONAL DE JOVENES.
CORO NACIONAL DE NIÑOS.
CORO POLIFONICO NACIONAL.
ORQUESTA NACIONAL DE MUSICA ARGENTINA "JUAN DE DIOS FILIBERTO".
ORQUESTA SINFONICA NACIONAL.
BANDA SINFONICA DE CIEGOS.
CORO POLIFONICO DE CIEGOS.
PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES. (Denominación "SALAS NACIONALES DE EXPOSICION" sustituida por la de "PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES", por art. 1° delDecreto N° 403/2005B.O. 4/5/2005).
INSTITUTO NACIONAL DE MUSICOLOGIA.
DIRECCION NACIONAL DE ACCION FEDERAL E INDUSTRIAS CULTURALES
MERCADO DE ARTESANIAS TRADICIONALES ARGENTINAS (MATRA)
(Nota Infoleg: por art. 1° delDecreto N° 1917/2006*B.O. 27/12/2006 se transforma al MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES en
organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.)*
ANEXO II
SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en el Sistema de Control Interno de la
SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION de acuerdo a lo
establecido por el Artículo 100 de la Ley Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional,
prestando servicio a toda la organización consistente en realizar los
exámenes y evaluaciones de las actividades del organismo, empleando el
enfoque de Control Integral e Integrado de manera de asegurar la
continua optimización de los niveles de eficiencia, economía y eficacia
de la gestión.
ACCIONES:
Elaborar el planeamiento general de Auditoría
Interna de acuerdo con las Normas Generales de Control Interno y de
Auditoría Interna aplicando el modelo de control integrado y elaborar
el Plan Anual de Auditoría Interna.
Asesorar en la definición de normas y
procedimientos a efectos de establecer de acuerdo con la autoridad
Superior de la Jurisdicción el Sistema de Control Interno y efectuar su
seguimiento.
Verificar el cumplimiento de las políticas,
planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior y
evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de
legalidad y financieros.
Verificar si las erogaciones se efectúan de
acuerdo con la normativa legal y a los niveles presupuestarios
establecidos por la legislación vigente.
Constatar la confiabilidad de los datos que se
utilicen en la elaboración de la información, determinar la precisión
de la registración de los activos y las medidas de resguardo tomadas
para su protección. Producir informes periódicos sobre las actividades
desarrolladas y, de corresponder, formular recomendaciones y
observaciones.
Comunicar a las autoridades superiores y a la
Sindicatura General de la Nación las recomendaciones y observaciones
que se formulen y efectuar su seguimiento.
Informar sobre los temas que requiere la Sindicatura General de la Nación, en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
DIRECCION GENERAL DE GESTION ADMINISTRATIVA Y ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar los recursos financieros, humanos,
patrimoniales, informáticos y de servicios generales de la SECRETARIA
DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, sus organismos
desconcentrados, y del Ballet Nacional. Asistir y asesorar en los
aspectos de carácter jurídico y representar a la jurisdicción en
asuntos de carácter jurídico-legal.
ACCIONES.
Efectuar el estudio y preparación del proyecto de
presupuesto de gastos de inversiones de la jurisdicción y conducir la
ejecución presupuestaria.
Realizar la gestión de bienes y servicios que
requieran las distintas áreas de la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, atendiendo las compras, contrataciones,
mantenimiento y suministro.
Efectuar el procesamiento administrativo y
contable integral de la SECRETARIA DE CULTURA de ia PRESIDENCIA DE LA
NACION centralizando y evaluando la información resultante.
Fiscalizar y mantener actualizado el registro de bienes patrimoniales de la jurisdicción.
Organizar y supervisar la recepción, registro,
trámite, seguimiento y archivo de la correspondencia, expedientes y
documentación ingresada, en tránsito o egresada de la Jurisdicción.
Coordinar y efectuar la protocolización,
registro, archivo y distribución de los actos administrativos referidos
a la organización interna de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA
DE LA NACION.
Administrar las políticas y la aplicación de las
normas que regulan la carrera administrativa del personal, coordinar el
proceso de capacitación y evaluación del desempeño de los agentes de la
jurisdicción; la planificación y diseño organizacional de la SECRETARIA
DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y las acciones conducentes a
la designación del personal de la jurisdicción.
Supervisar el diseño e implementación de los
sistemas informáticos para el procesamiento electrónico de datos y
desarrollo de sistemas de información de la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Supervisar y sistematizar la adecuada y necesaria
planificación de la gestión de la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Disponer la creación y mejora continua de los
procesos, normas y procedimientos de la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, optimizando los recursos humanos, técnicos y
financieros.
Asesorar sobre los proyectos de convenios, actos
legales y otros instrumentos en los que la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION tuviera participación y/o competencia.
Disponer la representación y patrocinio del
Estado Nacional en las causas judiciales en las que la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION deba tomar intervención,
atendiendo al control permanente en la marcha de las actuaciones.
Controlar el diligenciamiento de los oficios,
exhortos y otros requerimientos judiciales dirigidos a la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, centralizando los trámites
internos vinculados con ellos y fiscalizando el cumplimiento de los
términos prescriptos según la normativa vigente.
Disponer y entender en la tramitación de los
recursos, reclamos y denuncias interpuestos contra actos
administrativos producidos en jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, impulsando los procedimientos
respectivos y dictaminar respecto a la legitimidad de los actos de los
organismos de la jurisdicción.
Disponer la emisión de dictámenes en todos los
casos que pudieran dar lugar a la aplicación del régimen administrativo
disciplinario aconsejando, si correspondiere, la instrucción del
sumario pertinente y asistir al personal de la SECRETARIA DE CULTURA de
la PRESIDENCIA DE LA NACION en la concurrencia a la Justicia por
motivos de servicio.
Efectuar la sustanciación de los sumarios
administrativos - disciplinarios que corresponda promover al personal
de la jurisdicción.
DIRECCION NACIONAL DE ARTES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Promover, proteger, y estimular las actividades
vinculadas con, la música, la danza, las artes escénicas y las artes
visuales en todas sus manifestaciones.
ACCIONES.
Programar, realizar y difundir las actividades
relativas a las artes escénicas y visuales, musicales y de la danza,
tanto a través de los efectores dependientes de la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, como así también convocando
creadores, artistas, y especialistas en cada temática.
Planificar, organizar y ejecutar la presentación
de los cuerpos artísticos propios y la de otros creadores, artistas, y
especialistas convocados a tal efecto.
Participar en la promulgación y puesta en marcha
de los regímenes profesionales que regulen las actividades en el ámbito
de su competencia.
Propiciar medidas que promuevan la formación y
capacitación profesional y artística estimulando mediante premios,
becas u otros incentivos las expresiones artísticas, más creativas,
destacadas u originales.
Organizar y promover la realización de
encuentros, seminarios, talleres, conferencias y toda otra actividad
que fortalezca la transmisión del conocimiento, el perfeccionamiento y
el intercambio de ideas y la pertinente difusión a la comunidad.
Promover, realizar y difundir las investigaciones
vinculadas con la música, la danza, las actividades coreográficas y las
artes visuales.
Programar y exhibir muestras de las artes
plásticas de nuestro país que comprendan a nuestros creadores en sus
diferentes géneros.
Fomentar la cooperación, reflexión e intercambio
con organismos provinciales y municipales relacionados con la expresión
artística.
DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender, conducir y planificar estrategias para la
investigación, promoción, rescate, preservación, estímulo,
mejoramiento, acrecentamiento y difusión en el ámbito nacional e
internacional del Patrimonio Cultural de la Nación, tangible e
intangible, inmaterial y oral, en todos los campos en que el mismo se
desarrolle.
Desplegar acciones directas e indirectas de tutela y
de planificación de técnicas administrativas, presupuestarias y
museológicas para el desarrollo de los organismos dependientes del área
promoviendo los museos argentinos.
ACCIONES
Elaborar políticas y desarrollar programas,
proyectos y acciones para el cumplimiento de las actividades de
promoción cultural, técnico-museológicas y de investigación llevadas a
cabo por los organismos dependientes, verificando el cumplimiento de la
normativa que corresponda.
Coordinar y controlar todas las actividades
relativas a la preservación, conservación, restauración, investigación,
documentación y registro, exhibición, comunicación, difusión y
acrecentamiento y demás acciones de las distintas áreas funcionales de
los organismos que dependen de ella, así como las actividades de
promoción cultural desarrolladas por los mismos.
Entender en la coordinación, planificación y
desarrollo de proyectos especiales y planificar, organizar, producir y
difundir seminarios, foros, conferencias, tendientes a fortalecer la
acción cultural, en el área de su competencia.
Coordinar las acciones y programas del área con
aquellos que se lleven a cabo en el ámbito Municipal, Provincial,
Nacional e Internacional en el ámbito oficial y privado a través de los
organismos pertinentes.
Promover las acciones referidas al rescate,
preservación y difusión del patrimonio tangible e intangible que
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.