INT NACIONAL INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO
Decreto 1063/2004
Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo del citado organismo descentralizado dependiente de la
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.
Bs. As., 17/8/2004
VISTO el Expediente Nº 347/2003 del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo
descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº
21.673, la Ley Nº 24.922, los Decretos Nros. 1458 del 13 de diciembre
de 1996 y 25 de fecha 27 de mayo de 2003, las Decisiones
Administrativas Nros. 644 del 29 de diciembre de 1998, 391 y 403 del 22
de octubre y 29 de octubre de 1999, respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 21.673 se creó el INSTITUTO NACIONAL
DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, como ente descentralizado en
jurisdicción del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA, ex-SECRETARIA DE ESTADO
DE INTERESES MARITIMOS —ex-SUBSECRETARIA DE PESCA—, estableciendo en la
misma sus objetivos y finalidades.
Que por Decreto Nº 1458 del 13 de diciembre de 1996,
se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, determinando sus misiones y
funciones.
Que por Ley Nº 24.922 se aprobó el REGIMEN FEDERAL
DE PESCA el cual establece en su Capítulo VI los objetivos y
responsabilidades inherentes al INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y
DESARROLLO PESQUERO.
Que por Decisión Administrativa Nº 644 del 29 de
diciembre de 1998, se transfieren a la Planta Permanente del INSTITUTO
NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO los cargos de la Planta
Transitoria, incorporándolos a la estructura organizativa del
mencionado Instituto, aprobada por Decreto Nº 1458 del 13 de diciembre
de 1996.
Que por las Decisiones Administrativas Nros. 391 y
403 de fechas 22 y 29 de octubre de 1999, respectivamente, se hicieron
lugar a los recursos jerárquicos en subsidio interpuestos por agentes
del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO contra el
reencasillamiento del personal en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION
ADMINISTRATIVA (SI.NA.PA.) dispuesta por Resolución Conjunta Nº 13 de
fecha 28 de febrero de 1992 de la ex-SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del citado
Instituto.
Que por el Decreto Nº 289 de fecha 14 de febrero de
2003, se hizo lugar al recurso jerárquico en subsidio interpuesto por
el agente del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO
PESQUERO, señor D. Patricio Adrián BUONO (M.I. Nº 11.991.327), contra
la Resolución Conjunta Nº 13 del 28 de febrero de 1992 de la
ex-SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la
PRESIDENCIA DE LA NACION y del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y
DESARROLLO PESQUERO.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y
DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto Nº 25
de fecha 27 de mayo de 2003, ha propuesto su estructura organizativa y
la distribución de la planta de personal hasta los niveles requeridos.
Que la medida propuesta no implica incremento en las
partidas presupuestarias asignadas al citado Instituto para el presente
ejercicio.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le
compete, expidiéndose favorablemente.
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las
atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º— Apruébase la estructura
organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado
dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo con el
Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación,
los que como Anexos I, II y III, forman parte integrante del presente
decreto, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 19
del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002.
Art. 2º— Hasta tanto se aprueben las
unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente, conservarán
su vigencia las existentes a la fecha, con la asignación de los
suplementos que les correspondiere previstos en el Decreto Nº 993/91
T.O. 1995.
Art. 3º— El gasto que demande el
cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas
específicas correspondientes a la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION – Entidad 607 – INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.
Art. 4º— Deróganse el Decreto Nº 1458
de fecha 13 de diciembre de 1996 y la Decisión Administrativa Nº 644 de
fecha 29 de diciembre de 1998.
Art. 5º— Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 1° delDecreto N° 2751/2014B.O. 30/1/2015)
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ANEXO II
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO
OBJETIVOS:
Proponer a la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, la planificación de los programas y
proyectos de investigación referidos a los recursos pesqueros y medio
ambiente, entendiendo en la ejecución y control de los mismos y
propendiendo a su mejor utilización y explotación económica sostenible.
Determinar anualmente el rendimiento máximo sostenible de las especies
y proponer medidas alternativas o complementarias de ordenación.
Planificar y ejecutar estudios sobre el
perfeccionamiento y desarrollo de los sistemas de captura,
embarcaciones, artes de pesca y selectividad de las mismas.
Entender en las investigaciones relativas a
procesos y productos tecnológicos conducentes a una mejor utilización
de los recursos pesqueros.
Desarrollar y/o adaptar tecnologías de cultivos para organismos acuáticos de valor comercial.
Realizar los programas de capacitación de personal del área.
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de
control interno incorporado a la organización del Servicio,
privilegiando las pautas de economía, eficiencia y eficacia.
ACCIONES:
Establecer la planificación general y anual de la
Auditoría Interna y los programas específicos, conforme a las pautas
establecidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y dirigir su
ejecución.
Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior del organismo.
Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del sistema de control interno.
Verificar el cumplimiento de la normativa vigente
en la gestión del organismo, tanto en materia administrativa como
técnica específica.
Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados para la elaboración de los informes o estados contables.
Emitir informes periódicos respecto de las auditorías realizadas y otros controles practicados.
Informar a las autoridades superiores y a la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION respecto del nivel de cumplimiento de
las recomendaciones y/u observaciones que se hubieran realizado.
Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadaspor art. 2° delDecreto N° 2751/2014B.O. 30/1/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en los asuntos relativos a la legislación general de
competencia del INIDEP, como así también en el perfeccionamiento de las
disposiciones legales y reglamentarias y en el control de legitimidad y
legalidad de los actos y procedimientos administrativos. Representar
judicialmente en los procesos en los que sea parte y asesorar
jurídicamente al Organismo.
ACCIONES:
Ejercer el control de la legalidad y legitimidad de los actos administrativos.
Intervenir, asesorar y asistir en forma permanente en los aspectos legales del INIDEP.
Emitir dictámenes y evacuar consultas en los casos determinados por normas legales o por necesidades de servicio.
Intervenir en las actividades derivadas de la presentación de
recursos, reclamaciones y denuncias administrativas e impulsar los
procedimientos correspondientes a fin de controlar la legitimidad de
los respectivos actos administrativos.
Entender en la producción, modificación o reglamentación de normas
jurídicas para el mejor desarrollo de las actividades del INIDEP,
elaborando los proyectos de actos administrativos y demás instrumentos
de carácter jurídico.
Representar y patrocinar al INIDEP en los juicios en que dicho
Organismo sea parte como actor o demandado, por sí o por intermedio de
los apoderados que designe al efecto, en relación con los derechos y
obligaciones de que pueda ser titular.
Diligenciar los Oficios, Cédulas y demás requerimientos judiciales
dirigidos al INIDEP y fiscalizar el cumplimiento de los términos
prescritos.
Asesorar en los procesos preparatorios de los convenios y contratos
con organismos nacionales e internacionales, ya sean de carácter
público o privado, a celebrar por el INIDEP, elaborando los proyectos
respectivos.
DIRECCION DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar y conducir la gestión administrativa
contable, presupuestaria, financiera y patrimonial, y los servicios de
intendencia, almacenes y de seguridad; coordinando sus actividades con
el asesoramiento y asistencia en temas de su competencia específica con
las distintas áreas del Instituto.
ACCIONES:
Elaborar el anteproyecto de presupuesto general de gastos y cálculo de recursos del Instituto.
Ejercer el control de la ejecución presupuestaria en función de lo normado en la materia.
Supervisar el registro contable en sus distintas etapas, de las operaciones presupuestarias realizadas.
Administrar el movimiento de fondos y valores y su resguardo.
Entender en el ingreso y registro de los bienes patrimoniales del Organismo, como en su control.
Supervisar las actividades para la adquisición y contratación de bienes y servicios, y de obras.
Administrar los servicios generales y técnicos, intendencia y de mantenimiento del equipamiento, automotor y edilicio.
DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar las políticas y la aplicación de las
normas que regulan el funcionamiento de los recursos humanos, la
planificación y el diseño organizacional.
ACCIONES:
Administrar y mantener actualizado los sistemas
de información relacionados con la aplicación de las herramientas del
sistema de planeamiento organizacional y de administración de recursos
humanos.
Coordinar y asistir técnicamente en el proceso de búsqueda, selección, integración, capacitación y desempeño del personal.
Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera, proponiendo y ejecutando las medidas pertinentes.
Analizar el esquema general de incentivos al personal, proponiendo las medidas que considere necesarias.
Coordinar y actualizar el relevamiento de los
puestos de trabajo, como así también de los procesos, flujos y
procedimientos, indicando las modificaciones y simplificaciones
pertinentes.
Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y
diseño organizacional, elaborando y proponiendo las modificaciones de
la estructura organizativa.
Relacionarse con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos y convenios.
DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Formular, ejecutar y controlar los proyectos de
investigación en prospección, evaluación y desarrollo de pesquerías, de
tecnologías de acuicultura, de artes de pesca, de procesos tecnológicos
y en economía pesquera, conforme las pautas y prioridades que en tal
sentido establezca la Superioridad.
ACCIONES:
Realizar las investigaciones en evaluación y
prospección de los recursos pesqueros, conforme lo establezca la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, proponiendo a
la misma las bases científicas, técnicas y económicas aconsejables para
su explotación y manejo sostenible.
Dirigir la Estación Experimental de Maricultura y
los estudios necesarios para desarrollar, adaptar y transferir, las
técnicas de cultivos de organismos acuáticos de interés comercial, en
concordancia con los planes que establezca la Superioridad.
Desarrollar, adaptar y transferir las técnicas y
artes de pesca de las pesquerías tradicionales, nuevos diseños de artes
de pesca y dispositivos selectivos; realizar estudios sobre la
selectividad de las artes de pesca, evaluando el impacto sobre las
especies y para la conservación, la ordenación y el desarrollo pesquero
y referente a los métodos de pesca y sus embarcaciones.
Desarrollar, adaptar y transferir tecnología de
nuevos productos y procesos pesqueros, con el fin de asegurar la
utilización óptima de los recursos pesqueros y propiciar la utilización
del pescado en alimentos funcionales.
Realizar las investigaciones en economía
pesquera, para asesorar sobre la viabilidad de su explotación,
asegurando el desarrollo sostenible y el mantenimiento del valor de los
efectivos pesqueros bajo explotación.
Supervisar las investigaciones sobre
modificaciones del ambiente marino de origen natural y antropogénico y
sus efectos sobre los recursos pesqueros.
Intervenir a través de observadores en las investigaciones científicas-técnicas de pesca experimental.
Planificar las campañas de investigación
pesquera, embarques de observadores a bordo de buques comerciales y
muestreos de desembarques y asegurar la prestación de los servicios
auxiliares a la investigación.
Preparar, ejecutar y participar en los programas
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