ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO
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DECRETO N° 10.647
Buenos Aires noviembre 10 de 1961
POR TANTO:
Tengáse por ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, anótese, dése a
la Dirección general del Boletín Oficial e imprentas y archívese.
FRONDIZI- Roberto T. Alemann.-Miguel A. Carcano
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