MINISTERIO DE TURISMO

Rango Decreto
Publicación 2013-08-07
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE TURISMO

Decreto 1067/2013

Decretos Nº 357/2002 y Nº 821/2012. Modificaciones.

Bs. As., 1/8/2013

VISTO el Expediente Nº STN:0000033/2013 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus

modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de

aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta

nivel de Subsecretaría, entre los que se encuentran los referidos al

MINISTERIO DE TURISMO, para cumplir con las responsabilidades que le

son propias, estableciendo sus competencias.

Que mediante el Decreto Nº 821 de fecha 29 de mayo de 2012 se aprobó la

estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE

TURISMO.

Que en orden a la importancia del desarrollo de políticas de protección

al turista y de calidad del sector turístico nacional y con el objeto

de proveer a la consolidación del Sistema Argentino de Calidad

Turística, resulta necesario modificar el Decreto Nº 357/02 a efectos

de dotar al MINISTERIO DE TURISMO de una unidad de coordinación de

dichas políticas públicas, creando para ello la SUBSECRETARIA DE

CALIDAD TURISTICA dependiente de la SECRETARIA DE TURISMO de la citada

Cartera.

Que con miras a una apropiada y eficiente consecución de los objetivos

fijados para dicha Subsecretaría, y en aras a promover la activa

participación del ESTADO NACIONAL en el desarrollo de políticas de

calidad y de protección de los usuarios, deviene indispensable la

creación de la Dirección Nacional de Agencias de Viajes, con la

consecuente adecuación de la responsabilidad primaria y acciones de la

actual Dirección Nacional de Calidad Turística.

Que por otra parte, resulta necesario autorizar la incorporación de UN

(1) cargo de conducción en el ámbito del MINISTERIO DE TURISMO.

Que las modificaciones previstas posibilitarán el aumento de la

capacidad de respuesta y de la calidad de gestión del MINISTERIO DE

TURISMO.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE

GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y de

los artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.784.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del

Anexo I al artículo 1° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de

2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación

de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XXV

correspondiente al MINISTERIO DE TURISMO, el que quedará conformado de

acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa a este artículo, que

forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Incorpóranse al Anexo

II del artículo 2° del Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y

complementarios —Objetivos—, en el Apartado XXV, los objetivos de la

SUBSECRETARIA DE CALIDAD TURISTICA dependiente de la SECRETARIA DE

TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO, de conformidad con el detalle

obrante en la Planilla Anexa a este artículo, que forma parte

integrante del presente decreto.

Art. 3° — Sustitúyese el Anexo

I aprobado por el artículo 1° del Decreto Nº 821 de fecha 29 de mayo de

2012, de conformidad con la Planilla Anexa a este artículo, que forma

parte integrante del presente decreto.

Art. 4° — Sustitúyese del Anexo

II aprobado por el artículo 1° del Decreto Nº 821/12, la parte

correspondiente a la Dirección Nacional de Calidad Turística, e

incorpóranse la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección

Nacional de Agencias de Viajes de la SUBSECRETARIA DE CALIDAD TURISTICA

de la SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO, de acuerdo con

las Planillas Anexas a este artículo que forman parte integrante del

presente decreto.

Art. 5° — Modifícase la

distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -

Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 53 -

MINISTERIO DE TURISMO para el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle

obrante en las Planillas Anexas a este artículo que forman parte

integrante del presente decreto.

Art. 6° — Facúltase al titular del MINISTERIO DE TURISMO a aprobar UN (1) cargo de conducción en el ámbito de esa Jurisdicción.

Art. 7° — El gasto que demande

el cumplimiento de esta medida será atendido con cargo a las partidas

presupuestarias específicas de la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE

TURISMO, para el presente ejercicio.

Art. 8° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Carlos E.

Meyer.

Planilla Anexa al artículo 1°

XXV. MINISTERIO DE TURISMO

Planilla Anexa al artículo 2°

XXV. MINISTERIO DE TURISMO

SECRETARIA DE TURISMO

SUBSECRETARIA DE CALIDAD TURISTICA

OBJETIVOS:

1.

Entender en las políticas de calidad del sector turístico nacional y

en la consolidación del Sistema Argentino de Calidad Turística

orientado hacia la calidad y mejora continua, el desarrollo equitativo

y respetuoso del medio ambiente e identidad de sus habitantes.

2.

Entender en la protección del usuario de servicios turísticos a

través del registro y autorización de operación de los prestadores,

ejerciendo el control de los agentes de viajes, los prestadores del

sistema turístico de tiempo compartido y los prestadores de turismo

estudiantil.

3.

Consolidar una oferta de excelencia en el sector turístico por la

eficiencia y desempeño productivo del capital humano a través del

desarrollo de conocimientos, habilidades, actitudes y competencias

particulares.

4.

Fortalecer las relaciones entre el MINISTERIO DE TURISMO, las

instituciones educativas, el sector productivo, los organismos públicos

de turismo y las cámaras y asociaciones del sector en los temas de

incumbencia de la Subsecretaría.

5.

Asistir al Secretario de Turismo en la consolidación y expansión del

método alternativo de resolución de controversias a lo largo del

territorio nacional, con miras a favorecer a los usuarios por su pronta

respuesta y alentar la eficiencia en la prestación de servicios de las

agencias de viajes.

Planilla Anexa al artículo 3°

[IMG]

Planilla Anexa al artículo 4°

MINISTERIO DE TURISMO

SECRETARIA DE TURISMO

SUBSECRETARIA DE CALIDAD TURISTICA

DIRECCION NACIONAL DE CALIDAD TURISTICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir a la Subsecretaría en las estrategias institucionales

tendientes a la mejora de la calidad de las prestaciones turísticas,

estableciendo y controlando estándares de calidad en el marco del

desarrollo sustentable del sector.

Asistir a la Subsecretaría en la implementación de los procesos de

diseño y puesta en marcha del Sistema Argentino de Calidad Turística y

el Plan Federal de Capacitación.

Promover programas y acciones que permitan el desarrollo y la

optimización de los recursos humanos del sector turístico, en

coordinación con organismos internacionales, nacionales, provinciales y

municipales y con entidades privadas y educativas del sector turístico.

ACCIONES:

1.

Entender en el diseño e implementación del Plan Nacional de Calidad

Turística, proponiendo procesos escalonados de distinción y de

certificación para la obtención de la marca de calidad, efectuando su

actualización conforme a la evolución del mercado turístico.

2.

Determinar estándares de calidad internacionalmente competitivos

para las empresas, los productos y/o los destinos turísticos,

definiendo los mecanismos de cumplimiento e indicadores de evaluación

necesarios.

3.

Coordinar la evaluación periódica del Sistema Argentino de Calidad Turística, atento su evolución y la del mercado turístico.

4.

Asistir a la Subsecretaría en el incremento de la competitividad

turística mediante planes y programas de capacitación de recursos

humanos que permitan el desarrollo sustentable del turismo, con

resguardo del patrimonio natural y cultural en el ámbito federal.

5.

Desarrollar acciones de educación, formación, concientización y

sensibilización turística para los actores vinculados a la actividad,

generando el trabajo en red integrando los sectores académico,

productivo y a los organismos regionales y provinciales de turismo con

el fin de adecuar los productos y servicios turísticos existentes a las

nuevas exigencias de la demanda de la excelencia y calidad.

6.

Diseñar, ejecutar y controlar las acciones de capacitación en

modalidad virtual, brindando asistencia técnica y formación permanente

en la creación y gestión de proyectos y actividades a equipos de

trabajo y comunidades de aprendizaje en los ámbitos provinciales y

nacionales.

7.

Asistir a la Subsecretaría en las relaciones institucionales,

públicas y privadas, a través de la instrumentación de convenios,

planes, programas y proyectos sobre educación, capacitación y calidad.

DIRECCION NACIONAL DE AGENCIAS DE VIAJES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en el registro, la fiscalización y el control de los

prestadores de los servicios turísticos, haciendo observar el

cumplimiento de las normas legales y reglamentarias vigentes en la

materia, a los efectos de asegurar la protección del usuario.

Entender en la resolución de controversias entre prestadores turísticos y usuarios derivadas de contratos turísticos.

ACCIONES:

1.

Intervenir en el registro y autorización de operación de los

prestadores de servicios turísticos sobre los que el Ministerio tiene

competencia.

2.

Fiscalizar a los prestadores de servicios turísticos sobre los que

el Ministerio tiene competencia, generando un Registro de Infractores.

3.

Intervenir a solicitud de parte en la resolución de controversias

entre prestadores turísticos y usuarios derivadas de contratos

turísticos.

4.

Intervenir en sumarios de oficio u originados en denuncias de

terceros contra agencias de turismo, prestadores del sistema turístico

de tiempo compartido o terceros no habilitados para realizar esa

actividad turística.

Planilla Anexa al artículo 5°

PRESUPUESTO 2013

JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO

PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES

RECURSOS HUMANOS

CARGO O CATEGORIACANTIDAD DECARGOSHORAS DE CATEDRA

PERSONAL PERMANENTE

Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.)

A1

Subtotal Escalafón1

TOTAL DEL PROGRAMA1

PRESUPUESTO 2013

JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO

PROGRAMA 16 - DESARROLLO Y PROMOCION DEL TURISMO NACIONAL

RECURSOS HUMANOS

CARGO O CATEGORIACANTIDAD DECARGOSHORAS DE CATEDRA

PERSONAL PERMANENTE

AUTORIDADES SUPERIORES DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL

Subsecretario1

Subtotal Escalafón1

Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.)

A1

Subtotal Escalafón1

TOTAL DEL PROGRAMA2

PRESUPUESTO 2013

JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO

PROGRAMA 18 - PRESTACIONES TURISTICAS

RECURSOS HUMANOS

CARGO O CATEGORIACANTIDAD DECARGOSHORAS DE CATEDRA

PERSONAL PERMANENTE

Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.)

F-2

Subtotal Escalafón-2

TOTAL DEL PROGRAMA-2

CARGO O CATEGORIA CANTIDAD DE
CARGOS HORAS DE CATEDRA
A 1
--- ---
Subtotal Escalafón 1
TOTAL DEL PROGRAMA 1
CARGO O CATEGORIA CANTIDAD DE
--- ---
CARGOS HORAS DE CATEDRA
Subsecretario 1
--- ---
Subtotal Escalafón 1
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.)
A 1
Subtotal Escalafón 1
TOTAL DEL PROGRAMA 2
CARGO O CATEGORIA CANTIDAD DE
--- ---
CARGOS HORAS DE CATEDRA
F -2
--- ---
Subtotal Escalafón -2
TOTAL DEL PROGRAMA -2

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