CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2010-07-28
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 1072/2010

Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF Nº

7794-AR a celebrarse entre la República Argentina y el Banco

Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), destinado al Proyecto

de Transporte Urbano para Areas Metropolitanas.

Bs. As., 26/7/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0393521/2009 del Registro

del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato

de Préstamo BIRF Nº 7794-AR propuesto para ser suscripto entre la

REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTER- NACIONAL DE RECONSTRUCCION Y

FOMENTO (BIRF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Contrato de Préstamo BIRF Nº

7794-AR, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF)

concurre con la REPUBLICA ARGENTINA al financiamiento del PROYECTO DE

TRANSPORTE URBANO PARA AREAS METROPOLITANAS por un monto de hasta

DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (U$S 150.000.000).

Que los objetivos del Proyecto son: (a) respaldar el

diseño y creación de una agencia de transporte multijurisdiccional para

el Area Metropolitana de Buenos Aires; (b) fortalecer la capacidad

institucional de las autoridades de transporte con respecto a la toma

de decisiones, planificación, establecimiento de prioridades y

asignación de recursos al transporte urbano; (c) mejorar la calidad y

desempeño de la infraestructura urbana de transporte y/o servicios en

las provincias y municipalidades que resultaren elegibles; y (d)

mejorar la integración física y acceso a las redes de transporte

público en el Area Metropolitana de Buenos Aires.

Que el Proyecto mencionado será ejecutado por la

SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION

FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la Unidad Ejecutora

del Proyecto creada mediante Resolución Nº 137 de fecha 22 de diciembre

de 1997 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE

ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que en razón de los convenios a ser formalizados con

las provincias y municipalidades que resultaren elegibles, resulta

necesario facultar al señor Coordinador General de la Unidad Ejecutora

del Proyecto a convenir y suscribir los convenios mencionados.

Que la formalización de esta operación requiere que

la REPUBLICA ARGENTINA, por medio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

PUBLICAS, suscriba el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF Nº 7794-AR,

así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho

préstamo.

Que las condiciones generales, los plazos de

amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el

Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son los

usuales en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos

y objetivos a los que será destinado el préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención

que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con

lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL,

el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de

Presupuesto (t.o. 2005), los Artículos 57 y 60 in fine de la Ley de

Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector

Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, y la Ley Nº 26.519.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Apruébase el Modelo de

Contrato de Préstamo BIRF Nº 7794-AR a celebrarse entre la REPUBLICA

ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF)

por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES

(U$S 150.000.000), destinado a financiar parcialmente el PROYECTO DE

TRANSPORTE URBANO PARA AREAS METROPOLITANAS. El mismo se adjunta al

presente como Anexo I y consta de CINCO (5) Artículos, SIETE (7) Anexos

y UN (1) Apéndice, con copias autenticadas en idioma inglés y su

traducción al idioma español. Como Anexo II se adjunta copia

autenticada en idioma español de las "Condiciones Generales para

Préstamos del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF)",

de fecha 1 de julio de 2005, de acuerdo a la última modificación de

fecha 12 de febrero de 2008.

Asimismo, forman parte integrante de la presente

medida como Anexo III, las versiones en idioma español de las "Normas:

Contrataciones con Préstamos del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION

Y FOMENTO (BIRF) y Créditos de la ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO

(AIF)" y las "Normas: Selección y Contratación de Consultores por

Prestatarios del BANCO MUNDIAL", ambas correspondientes a la edición

del mes de mayo de 2004, con las revisiones de octubre de 2006.

Art. 2º— Facúltase al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que él

mismo designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA

ARGENTINA el Contrato de Préstamo BIRF Nº 7794-AR y su documentación

adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1º del

presente decreto.

Art. 3º— Facúltase al señor Ministro

de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que él

mismo designe, a convenir y suscribir modificaciones al contrato

referido en el Artículo 1º del presente decreto, siempre que las mismas

no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos,

ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al

procedimiento arbitral pactado.

Art. 4º— Desígnase a la SECRETARIA DE

TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la Unidad Ejecutora del

Proyecto creada mediante Resolución Nº 137 de fecha 22 de diciembre de

1997 de dicha Secretaría, como organismo ejecutor del PROYECTO DE

TRANSPORTE URBANO PARA AREAS METROPOLITANAS, quedando facultada para

realizar todas las operaciones y contrataciones que resulten necesarias

para la ejecución del mismo, de conformidad con lo dispuesto por el

Contrato de Préstamo BIRF Nº 7794-AR y demás documentación del proyecto.

Art. 5º— Facúltase al señor

Coordinador General de la Unidad Ejecutora del Proyecto de la

SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION

FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a suscribir y modificar los

convenios de subproyectos de conformidad con los términos y condiciones

establecidos en el Convenio de Préstamo BIRF Nº 7794-AR.

Art. 6º— Comuníquese a la COMISION BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 7º— Comuníquese, publíquese,

dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —

FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou. — Julio

M. De Vido.

———

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no

publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección

Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en

www.boletinoficial.gov.ar

(**Nota

Infoleg:***Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link:AnexoI, AnexoII, AnexoIII)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.