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ENTIDAD BINACIONAL YACIRETA

Texto vigente a fecha 1970-01-02

ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA

Decreto 1082/97

Desígnase miembro del Consejo de Administración.

Bs.As., 13/10/97

B.O: 17/10/97

VISTO el Expediente Nº 750-003602/97 del Registro del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, los términos

del tratado de YACYRETA de fecha 3 de diciembre de 1973, aprobado

por la Ley Nº 20.646, el respectivo canje de instrumentos

de ratificación que se efectuó el 27 de marzo de

1974, el Acta de Instalación de la Entidad Binacional YACYRETA,

suscripta en la Ciudad de BUENOS AIRES, el 6 de septiembre de

1974 y la Nota Reversal Nº 13 firmada el 2 de diciembre de

1982, entre los representantes de la REPUBLICA ARGENTINA y la

REPUBLICA DEL PARAGUAY, y

CONSIDERANDO:

Que el mandato de uno de los miembros argentinos del Consejo de

Administración de YACYRETA se halla vencido, correspondiendo

proceder a su reelección, por un nuevo período estatutario.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS

JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el presente se dicta en uso de las facultades emergentes del

Artículo 6º, punto 1, apartado a) del Estatuto de

la Entidad Binacional YACYRETA.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Dase por designado como miembro

del Consejo de Administración de la Entidad Binacional

YACYRETA, al Ingeniero Marcelo Eduardo SPERMAN (D.N.I. Nº

10.446.447), por un período de CUATRO (4) años a

partir del día 1º de setiembre de 1997.

Art. 2º- Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Roque

B. Fernández.