CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2017-12-22
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 1088/2017

Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo.

Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-17048567-APN-MF y el Modelo de Contrato

de Préstamo BCIE N° 2186 propuesto para ser suscripto entre la

REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

(BCIE), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BCIE N° 2186, el BANCO

CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), se compromete a

asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en

la ejecución del “Programa Integral del Hábitat” por un monto de hasta

DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES (U$S 60.000.000).

Que el objetivo del mencionado Proyecto es mejorar de modo sustentable

el hábitat de los hogares de familias residentes en villas y

asentamientos ubicados en el norte de la REPÚBLICA ARGENTINA,

contemplando la ejecución de medidas estructurales y no estructurales.

Que la ejecución del programa y la utilización de los recursos del

financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DEL INTERIOR,

OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a través de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y

HÁBITAT, por medio de la Unidad Coordinadora Nacional.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE FINANZAS, suscriba el Contrato de Préstamo BCIE N° 2186,

así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho

préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Finanzas para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA

ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BCIE N° 2186 y acuerde las

modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa

Integral del Hábitat”, siempre y cuando no constituyan cambios

sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un

incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral

pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos con el BCIE y resultan adecuados a los

propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado

Préstamo.

Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico Permanente de la Jurisdicción de origen.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 53 de la

Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BCIE N° 2186

a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO CENTROAMERICANO DE

INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), por un monto de hasta DÓLARES

ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES (U$S 60.000.000), destinado a

financiar parcialmente el “Programa Integral del Hábitat” compuesto por

QUINCE (15) artículos y de TRECE (13) Anexos, que forma parte

integrante de la presente medida como Anexo I

(IF-2017-18357523-APN-SSRFI# MF). Asimismo, forman parte integrante de

la presente medida, como Anexos II (IF-2017-18040899-APN-SSRFI#MF) y

III (IF-2017-18040662-APN-SSRFI#MF), las “Normas para la aplicación de

la política para la obtención de bienes, obras, servicios y

consultorías” y la “Política para la obtención de bienes, obras,

servicios y consultorías con recursos del BCIE”, respectivamente, ambas

correspondientes a la edición del año 2013.

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas, o al funcionario

o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BCIE

N° 2186 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba

por el artículo 1º del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas, o al funcionario

o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre

y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato

de Préstamo BCIE N° 2186 cuyo modelo se aprueba por el artículo 1º de

la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios

sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un

incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento

arbitral pactado.

ARTÍCULO 4º.- Desígnase al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y

VIVIENDA, a través de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT, por medio de

la Unidad Coordinadora Nacional como “Organismo Ejecutor” del “Programa

Integral del Hábitat”, quedando facultado, a realizar todas las

operaciones y actos necesarios para la ejecución del mismo, conforme

las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de

Préstamo que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Rogelio

Frigerio. — Luis Andres Caputo.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 22/12/2017 N° 100131/17 v. 22/12/2017

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.