SECRETARIA GENERAL

Rango Decreto
Publicación 2018-12-04
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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**SECRETARÍA

GENERAL**

Decreto 1090/2018

**DECTO-2018-1090-APN-PTE - Estructura

Organizativa**.

Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-29438084-APN-CGD#SGP, los Decretos Nros.

174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y 262 de fecha 28

de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó el

organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional hasta

nivel de Subsecretaría, estableciendo sus respectivas competencias.

Que por el Decreto Nº 262/18 se aprobó la estructura organizativa de

primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, con el objeto de optimizar el desempeño de las diferentes

dependencias de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,

resulta conveniente reordenar su estructura organizativa, permitiendo

dotar de una mayor eficiencia y eficacia el proceso de toma de

decisiones.

Que asimismo considerando los criterios ponderados en el ejercicio de

las funciones establecidas, resulta pertinente la creación de un cargo

extraescalafonario que coordine los aspectos de seguridad y custodia

del señor Presidente de la Nación y su familia, así como designar a su

titular.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE

HACIENDA han tomado la intervención que les compete.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE

ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la

SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y

del artículo 1° del Decreto N° 355/17 y su modificatorio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. - Sustitúyese el Anexo Ig, aprobado por el artículo 1º del

Decreto Nº 262/18, por el obrante en la planilla anexa al presente

artículo (IF-2018-61010536-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante

del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyense, del Anexo II aprobado por el artículo 1º

del Decreto Nº 262/18, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la

ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES, dependiente de la SUBSECRETARÍA

LEGAL Y ADMINISTRATIVA, de la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN PRESIDENCIAL

dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES y de la

DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y AGENDA PRESIDENCIAL dependiente de la

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL de la SECRETARÍA GENERAL de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por las obrantes en la planilla anexa al

presente artículo (IF-2018-61011045-APN-SSLYA#SGP), que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse al Anexo II, aprobado por el artículo 1º del

Decreto Nº 262/18, la Responsabilidad Primaria y Acciones de EDECANES,

AGRUPACIÓN TÉCNICA y AGRUPACIÓN SEGURIDAD E INTELIGENCIA de la CASA

MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que se

detallan en la planilla anexa al presente artículo

(IF-2018-61011358-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del

presente decreto.

ARTÍCULO 4º.- Suprímense, del Anexo II aprobado por el artículo 1º del

Decreto Nº 262/18, la Responsabilidad Primaria y Acciones del 2º JEFE

DE CASA MILITAR, dependiente de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA

GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese el Anexo IIIj aprobado por el artículo 2º del

Decreto Nº 262/18, por el obrante en la planilla anexa al presente

artículo (IF-2018-61013935-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante

del presente decreto.

ARTÍCULO 6°. - Sustitúyense, del Anexo IV aprobado por el artículo 2º

del Decreto Nº 262/18, las Acciones de la COORDINACIÓN DE SERVICIOS

AUXILIARES, dependiente de la ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES de

la SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN

ADMINISTRATIVA de la AGRUPACIÓN SEGURIDAD E INTELIGENCIA de la CASA

MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por

las obrantes en la planilla anexa al presente artículo

(IF-2018-61014375-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del

presente decreto.

ARTÍCULO 7º.- Derógase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema

Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N°

2098/08, sus modificatorios y complementarios, el cargo perteneciente a

la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad

con el detalle obrante en la planilla Anexa al presente artículo

(IF-2018-61014813-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del

presente decreto.

ARTÍCULO 8º. - Créase el cargo Extraescalafonario de 2º Jefe de la Casa

Militar, dependiente de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario, cuyas

funciones serán asistir al Jefe de la CASA MILITAR en el cumplimiento

de sus funciones y reemplazarlo en caso de ausencia.

ARTÍCULO 9º.-Desígnase, a partir del dictado de la presente medida, en

el cargo extraescalafonario de 2º Jefe de la Casa Militar de la

SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Coronel D.

Alejandro Daniel GUGLIELMI (D.N.I. Nº 16.364.194).

ARTÍCULO 10.- Asígnase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN, la cantidad de UN (1) cargo vacante de la reserva de cargos

aprobada por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y

sus complementarias y detallada en el Anexo II de dicha medida, en los

términos de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 12 de enero de

2018, a efectos de la creación del cargo extraescalafonario previsto en

el artículo 8° de la presente medida, conforme el detalle obrante en la

Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-61011830-APN-SSLYA#SGP),

que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20-01

– SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/12/2018 N° 92294/18 v. 04/12/2018

(***Nota

Infoleg**: Los anexos referenciados en la presente norma han sido

extraídos de la edición web de Boletín Oficial.*)

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IF-2018-61010536-APN-SSLYA#SGP

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número:

IF-2018-61010536-APN-SSLYA#SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Lunes 26 de Noviembre de 2018

Referencia: PLANILLA ANEXA

ARTÍCULO 1°

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**PLANILLA

ANEXA AL ARTÍCULO 2°**

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en todo lo relacionado con los servicios generales necesarios

para el funcionamiento de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de los

organismos a los cuales se asiste desde la SECRETARÍA GENERAL.

Administrar los servicios de mantenimiento y funcionamiento de la Casa

de Gobierno y las sedes administrativas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

y de cochera y transporte terrestre.

ACCIONES:

1.

Organizar y controlar las actividades relacionadas con el

mantenimiento de inmuebles, conservación de bienes muebles, los

servicios generales y el de transporte terrestre correspondiente a la

SECRETARÍA GENERAL y a las Secretarías y organismos a los cuales asiste.

2.

Coordinar los trabajos, y verificar el cumplimiento de los servicios

requeridos.

3.

Controlar, custodiar y distribuir los bienes almacenados en los

depósitos.

4.

Organizar y controlar los servicios de cocina y atención a los

comedores presidencial y de funcionarios.

**SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS

PRESIDENCIALES**

**DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN

PRESIDENCIAL**

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar la gestión integral de las

actividades institucionales del señor Presidente de la Nación y del

señor Secretario General de la Presidencia de la Nación.

ACCIONES:

1.

Asistir al Subsecretario de Asuntos Presidenciales en todo lo

vinculado a sus funciones específicas dirigidas al señor Presidente de

la Nación y al señor Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

2.

Organizar y atender el desarrollo de los actos y ceremonias a las

que asista el señor Presidente de la Nación y las acciones de igual

naturaleza que se cumplan en la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

3.

Tramitar las solicitudes de audiencias formuladas al Señor

Presidente de la Nación, tanto en el país como en el exterior, y

asesorar respecto del temario, importancia y prioridad de las mismas.

4.

Asistir en el tratamiento de la documentación y las demandas por vía

oral o escrita dirigidas al señor Presidente de la Nación.

SECRETARÍA GENERAL

**SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN

PRESIDENCIAL**

**DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y AGENDA

PRESIDENCIAL**

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Gestionar la Agenda Presidencial y su difusión, asistiendo a las

autoridades en la planificación, coordinación y desarrollo de eventos a

realizarse en el área de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de acuerdo a las

actividades que realice el Primer Mandatario en el territorio Nacional

y en sus viajes al exterior, juntamente con las áreas de competencia

específica.

ACCIONES:

1.

Gestionar y centralizar la información y las actividades que

desarrollan los distintos Ministerios con el objetivo de nutrir la

agenda Presidencial.

2.

Asistir a las autoridades, juntamente con las áreas involucradas, en

la planificación de eventos a realizarse en organismos nacionales,

provinciales, internacionales u organizaciones privadas, en los cuales

sea partícipe el Primer Mandatario.

3.

Desarrollar el control de la ejecución de la agenda Presidencial, de

acuerdo a las temáticas propias de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN

PRESIDENCIAL, con el objetivo de conseguir una armonía entre el

contenido y los objetivos de la misma.

4.

Gestionar con las unidades competentes de la difusión de la

actividad del Presidente de la Nación en el portal web de Casa Rosada,

suministrando el contenido de la agenda presidencial.

5.

Diseñar las estrategias que resulten necesarias implementar para la

administración eficiente y coordinada de la agenda presidencial.

6.

Asesorar en la aplicación de las adecuaciones necesarias para el

perfeccionamiento y desarrollo coordinado de la agenda presidencial.

7.

Elaborar y mantener actualizado un registro de eventos

presidenciales a efectos de su correspondiente organización y

coordinación con otras áreas del gobierno involucradas en la

realización de tales eventos.

IF-2018-61011045-APN-SSLYA#SGP

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Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número:

IF-2018-61011045-APN-SSLYA#SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Lunes 26 de Noviembre de 2018

Referencia: PLANILLA ANEXA

ARTÍCULO 2°

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**PLANILLA

ANEXA AL ARTÍCULO 3°**

CASA MILITAR

EDECANES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Ejercer la seguridad inmediata del señor Presidente de la Nación y

asistirlo en todas las funciones oficiales, prestándole inmediata

colaboración en ellas.

ACCIONES:

1.

Asistir al señor Presidente de la Nación en sus traslados aéreos,

ceremonias y actos públicos o privados.

2.

Asistir al Señor Presidente en la atención de las personas que

tengan audiencia previa, cuando el señor Presidente así lo disponga.

3.

Efectuar toda otra tarea de asistencia que le sea expresamente

encomendada por el señor Presidente de la Nación o el Jefe de la Casa

Militar.

4.

Ejercer la representación del señor Presidente de la Nación en todos

aquellos actos o ceremonias que él disponga.

SECRETARÍA GENERAL

CASA MILITAR AGRUPACIÓN TÉCNICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar, coordinar y supervisar los servicios

técnico-administrativos, presupuestarios y patrimoniales de la Casa

Militar.

ACCIONES:

1.

Efectuar el registro y control de los recursos patrimoniales a cargo

de la Casa Militar, incluyendo el patrimonio y recursos afectados a la

flota presidencial.

2.

Brindar apoyo técnico y administrativo al organismo, con la

coordinación y asistencia de las áreas de competencia específica de la

SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

3.

Dirigir el despacho del organismo.

4.

Brindar los servicios de asistencia inmediata al Jefe de la Casa

Militar.

5.

Presentar al Jefe de la Casa Militar y a la SECRETARIA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACION, anualmente, la formulación presupuestaria del

organismo.

SECRETARÍA GENERAL

CASA MILITAR

AGRUPACIÓN SEGURIDAD E INTELIGENCIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar, ejecutar y supervisar las acciones de seguridad,

coordinando los requerimientos de inteligencia y contrainteligencia

necesarios para preservar en forma permanente la integridad física del

señor Presidente de la Nación y sus familiares directos, como así

también la de los integrantes de la Casa de Gobierno y Residencia

Presidencial de Olivos.

ACCIONES:

1.

Planificar, coordinar y supervisar la seguridad personal del señor

Presidente de la Nación y sus familiares directos en toda

circunstancia, tiempo y lugar.

2.

Organizar, coordinar y supervisar las tareas relacionadas con la

seguridad de los elementos subordinados a través de la Casa Militar:

Regimiento de Granaderos a Caballo "General San Martín", Fuerza de

Seguridad, Policía Federal y Provincial.

3.

Coordinar los aspectos vinculados con las acciones de inteligencia y

contrainteligencia necesarias, juntamente con la AGENCIA FEDERAL DE

INTELIGENCIA.

4.

Coordinar e integrar el personal y medios técnicos propios y

asignados, con el personal y medios de los lugares que visite el señor

Presidente de la Nación, en los traslados que éste realice fuera del

lugar habitual de su residencia, en el país o en el extranjero

designándose a tal efecto un Jefe Militar de Seguridad quien hará

ejecutar las tareas asignadas, conforme a las directivas impartidas por

el Jefe de la CASA MILITAR.

5.

Coordinar lo relacionado con el ceremonial militar de la PRESIDENCIA

DE LA NACIÓN y Residencia Presidencial de Olivos y de otros lugares de

residencia transitoria, dentro y fuera del país, del señor Presidente

de la Nación o cuando éste lo disponga.

6.

Elaborar las normas de acceso a la Casa de Gobierno, Residencia

Presidencial de Olivos y otros lugares de residencia transitoria del

señor Presidente de la Nación y supervisar su cumplimiento; incluyendo

el otorgamiento de credenciales y/o distintivos identificatorios, según

corresponda.

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IF-2018-61011358-APN-SSLYA#SGP

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Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: IF-2018-6101135

8-APN-SSLYA#SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Lunes 26 de Noviembre de 2018

Referencia: PLANILLA ANEXA

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