ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2024-12-18
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 1103/2024

DECTO-2024-1103-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-120235510-APN-DGDYD#JGM, la Ley de

Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992)

y sus modificatorias, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019

y sus modificatorios, 802 del 14 de octubre de 2020 y sus

modificatorios, 45 del 14 de diciembre de 2023, 299 del 7 de mayo de

2021 y su modificatorio, las Decisiones Administrativas Nros. 262 del

28 de febrero de 2020 y sus modificatorias, 1184 del 2 de julio de

2020, 1397 del 4 de agosto de 2020 y su modificatoria, 1461 del 12 de

agosto de 2020 y sus modificatorias y 1865 del 14 de octubre de 2020 y

sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus

modificatorias se establecieron los Ministerios que tendrán a su cargo

el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías de

Presidencia necesarias para posibilitar las actividades del Presidente

de la Nación.

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobaron el Organigrama de Aplicación y

los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de

Subsecretaría y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los

organismos desconcentrados y descentralizados, entre ellos los

correspondientes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, por razones de gestión, resulta menester la modificación de

diversos Objetivos de áreas dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

Que por la Decisión Administrativa Nº 262/20 y sus modificatorias se

aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo

del ex MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

Que por la Decisión Administrativa N° 1184/20 se aprobó la estructura

organizativa de primer y segundo nivel operativo del ex MINISTERIO DEL

INTERIOR.

Que por la Decisión Administrativa N° 1397/20 y su modificatoria se

aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo

del ex MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Que por la Decisión Administrativa N° 1461/20 se aprobó la estructura

organizativa de primer y segundo nivel operativo del ex MINISTERIO DE

CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1865/20 se aprobó la estructura

organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 802/20 se aprobó la estructura organizativa de

primer y segundo nivel operativo de la ex SECRETARÍA DE ASUNTOS

ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto Nº 299/21 y su modificatorio se aprobó la estructura

de primer y segundo nivel operativo del CONSEJO NACIONAL DE

COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES organismo desconcentrado del

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que por el artículo 24 del Decreto Nº 45/23 se transfirió la DIRECCIÓN

NACIONAL DEL SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL de

la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN

del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES a la

SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y

TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, disponiéndose que

la citada transferencia comprende las unidades organizativas, como así

también los créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la

fecha y el personal con sus respectivos cargos y niveles

escalafonarios, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.

Que, en esta instancia, corresponde aprobar la estructura organizativa

de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS y derogar, incorporar, homologar y reasignar diversos cargos

pertenecientes a la citada Jurisdicción en el Nomenclador de Funciones

Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto

Nº 2098/08.

Que la presente medida no implica incremento en la cantidad de unidades

organizativas que conforman la Administración Pública Nacional.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL del MINISTERIO DE

DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, la OFICINA NACIONAL DE

PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE

HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE

POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO han tomado la intervención de su

competencia.

Que el servicio jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

los Objetivos 9, 12, 13 y 14 de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN de la

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

ARTÍCULO 2°.- Incorpóranse al Anexo II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado V – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

como Objetivos 24 a 27 de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,

CIENCIA Y TECNOLOGÍA los siguientes:

“24. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos federales y en

el desarrollo de programas de asistencia técnica a los gobiernos

provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, así

como a otros poderes del ESTADO NACIONAL, en la implementación de los

productos y programas de la Secretaría.

25.

Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y

acuerdos de servicios digitales en el territorio nacional, en

particular en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

26.

Supervisar el funcionamiento del Programa Punto Digital en todo el territorio nacional.

27.

Asistir a la Secretaría en la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS)”.

ARTÍCULO 3º.- Suprímese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado V TER, VICEJEFATURA DE GABINETE DEL

INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Objetivo 7 de la

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES.

ARTÍCULO 4°.- Sustitúyense del Anexo II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado V TER, VICEJEFATURA DE GABINETE DEL

INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Objetivos de la

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INTERIOR de la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR, de conformidad con el

detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-136133869-APN-VGI#JGM) al

presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 5º.- Establécese que los procesos de control interno

correspondientes a los servicios administrativos financieros de la

VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS serán ejercidos por un Auditor Sectorial, con dependencia

directa de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de dicha Jurisdicción, que

será designado por el Síndico General de la Nación y tendrá una

remuneración equivalente a la prevista en el artículo 3º del Decreto Nº

971/93 y sus modificatorios para el Auditor Interno.

ARTÍCULO 6º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel

operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con

el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como

ANEXOS Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If, Ig, Ih, Ii, Ij, Ik

(IF-2024-136103224-APN-SCLYA#JGM) y II

(IF-2024-136644953-APN-SCLYA#JGM), forman parte integrante del presente

decreto.

ARTÍCULO 7º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel

operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con

el Organigrama y las Acciones que, como Anexos IIIa, IIIb, IIIc, IIId,

IIIe, IIIf, IIIg, IIIh, IIIi, IIIj, IIIk, IIIl, IIIm

(IF-2024-136103463-APN-SCLYA#JGM) y IV

(IF-2024-136645065-APN-SCLYA#JGM) forman parte integrante del presente

decreto.

ARTÍCULO 8º.- Deróganse, incorpóranse, homológanse y reasígnanse en el

Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),

homologado por el Decreto Nº 2098/08, los cargos pertenecientes a la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS que se detallan en la PLANILLA ANEXA

(IF-2024-136645171-APN-SCLYA#JGM) al presente artículo, que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 9º.- Deróganse los artículos 1º a 5º del Decreto Nº 802 del 14

de octubre de 2020, los artículos 1º a 5º de la Decisión Administrativa

Nº 1184 del 2 de julio de 2020, los artículos 1º a 5º de la Decisión

Administrativa Nº 1397 del 4 de agosto de 2020, los artículos 1º a 5º

de la Decisión Administrativa N° 262 del 28 de febrero de 2020 y la

Decisión Administrativa Nº 1461 del 12 de agosto de 2020.

ARTÍCULO 10.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las

aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas

por el presente decreto, las que transitoriamente mantendrán las

acciones y las dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados

de revista y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 25 –

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Guillermo Francos

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/12/2024 N° 91669/24 v. 18/12/2024

(**Nota

Infoleg:***Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link:AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI)

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.