CONVENCIONES INTERNACIONALES

Rango Decreto
Publicación 1945-06-02
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 2

APRUEBANSE LAS NOTAS CAMBIADAS EL 2 DE MAYO DE 1945, POR LA CANCILLERIA CON LOS REPRESENTANTES DIPLOMATICOS DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Y ESTADOS UNIDOS DE BRASIL ACREDITADOS EN BUENOS AIRES, POR EL QUE SE ESTABLECE UN ACUERDO RESPECTO AL SUMINISTRO DE CAUCHO A LA REPUBLICA ARGENTINA.

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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto N° 11.112/1945

**Aprobando las notas cambiadas el 2

Mayo 1945 por las Cancillerías con los representantes diplomáticos de

Estados Unidos de América y del Brasil, por el que se establece un

acuerdo respecto al suministro de caucho a la República Argentina.**

Buenos Aires, 19 de Mayo de 1945.

Vistas las notas cambiadas con las Embajadas de Estados Unidos de

América Estados Unidos del Brasil, estableciendo un acuerdo respecto al

suministro de caucho a la República Argentina,

Y atento a lo aconsejado por el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto,

El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros-

DECRETA:

Artículo 1.° - Apruébanse las notas cambiadas el 2 de Mayo de 1945, por

la Cancillería con los representantes diplomáticos de Estados Unidos de

América y Estados Unidos de Brasil acreditados en Buenos Aires, por el

que se establece un acuerdo respecto al suministro de caucho a la

República Argentina.

Art. 2.° - Comuníquese, publíquese, en el Registro Oficial, dése al Registro Nacional y archívese.

FARRELL. - César Ameghino.- Alberto Tesaire. - C. Alonso Irigoyen. -

Juan Perón. - Antonio J. Benítez. - Amaro Avalos. - Juan Pistarini. -

Julio Checci.

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