CONSEJO FEDERAL DE PRECURSORES QUIMICOS
CONSEJO FEDERAL DE PRECURSORES QUÍMICOS
Decreto 1115/2016
Buenos Aires, 19/10/2016
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — En uso de las facultades conferidas por el Artículo 78 de
la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley N° 27.283
(IF-2016-02329858-APN-JGA#MSG) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE
LA NACIÓN en su sesión del día 28 de septiembre de 2016.
ARTÍCULO 2° — Dése para su publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, y
comuníquese al MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN. Cumplido,
archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Patricia Bullrich.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.