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TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decreto 1124/96

**Establécese la dependencia del Tribunal de Tasaciones

de la Nación.**

Bs. As., 4/10/96

VISTO el Decreto N° 660 del 24 de junio de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por la norma citada se definieron las funciones a desarrollar

por la Administración Nacional, sobre la base de privilegiar

las áreas sustantivas de las distintas jurisdicciones.

Que en tal sentido se elaboraron propuestas alternativas de ordenamiento

de la Administración citada, tanto a nivel central como

descentralizada.

Que modificaciones producidas con posterioridad en el MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS tornan aconsejable revisar

el criterio aplicado en el caso del TRIBUNAL DE TASACIONES DE

LA NACION y fijar su dependencia en el ámbito de la SECRETARIA

DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, dependientes del citado Ministerio.

Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO (URME) ha

tomado la intervención que le compete, expidiéndose

favorablemente. -

Que el dictado de la presente se ampara en las atribuciones emergentes

del Artículo 99. inciso 1) de la Constitución Nacional:

del Capítulo 11 de la Ley Nº 24.629 y de la Ley N°

23.696.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1°-Dejánse sin efecto los Artículos

41 y 53 del Decreto N° 660 del 24 de junio de 1996.

Art. 2°-Establécese que el TRIBUNAL DE TASACIONES

DE LA NACION dependerá de la SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS

PÚBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS

PUBLICOS.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese. dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A Rodríguez.- Roque B. Fernández.