DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-05-13
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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Decreto S 1142/1983

Bs. As., 13/5/1983

VISTO el Decreto Nº 3248 “S” del 21 de octubre de 1977, el Decreto Nº

2159 “S” del 10 de diciembre de 1981, y lo propuesto por el señor

Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a la experiencia obtenida a fin de poder cumplir

adecuadamente con las misiones y funciones asignadas a la Dirección

General de Investigación y Desarrollo, es necesario efectuar un

redimensionamiento de su planta de personal;

Que en la modificación de la estructura orgánica existente, se han

tenido en cuenta los principios impuestos por el Poder Ejecutivo

Nacional en materia de ordenamiento y racionalización de la

Administración Pública Nacional y las normas establecidas en el Decreto

Nº 1437 del 6 de diciembre de 1982;

Por ello;

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —Apruébase la

estructura orgánico- funcional de la Dirección General deInvestigación

y Desarrollo, de conformidad al organigrama, misión y funciones,

dotación y distribución por cargos que como Anexos I, II, IIIa), IIIb)

y IV, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Derógase el Decreto Nº 3248 “S” de fecha 21 de octubre de 1977 correspondiente a la estructura orgánica que se reemplaza.

Art. 3° — La estructura que

surge como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1º del presente

decreto, deberá ser puesta en funcionamiento dentro de los sesenta días

corridos de esta aprobación, exceptuándose a la Dirección General de

Investigación y Desarrollo, por esta única vez, de la aplicación del

artículo 1º del Decreto Nº 669 del 1º de abril de 1982, modificado por

su similar, Nº 1685 del 28 de diciembre de 1.982, a fin de cubrir los

cargos que se financian por el Anexo IV del presente decreto.

Art. 4° — El cargo de Director

General de Investigación y Desarrollo será desempeñado por un oficial

superior de las Fuerzas Armadas en actividad o en situación de retiro,

del grado de General de Brigada o sus equivalentes.

Art. 5° —Apruébase la planta temporaria para 1983 que como Anexo V forma parte integrante del presente decreto.

Art. 6° — El gasto que demande

el cumplimiento de lo dispuesto por el Anexo IV del presente decreto,

será financiado con cargo a la finalidad - función 2.90 - jurisdicción

45 - programa 031 - carácter 0 - servicio administrativo 373 sección 1

inciso 11 - partida principal 1110 de presupuesto para la

Administración Pública Nacional para el ejercicio 1983.

Art. 7° — El gasto que demande

el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 5º del presente decreto,

de acuerdo al detalle obrante en el Anexo V, será atendido con los

créditos que el Poder Ejecutivo Nacional asigne al Organismo en el

Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio

1983.

El financiamiento del inciso 11 - Personal que se incorpora será

atendido exclusivamente con recursos específicos de la Cuenta Especial

858 Dirección General de Investigación y Desarrollo - Trabajos por

Cuenta de Terceros.

Art. 8° — Comuníquese y archívese. — BIGNONE.


NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición

web del BORA —www. boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.