LUGAR HISTORICO NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2018-12-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

LUGAR HISTÓRICO NACIONAL

Decreto 1149/2018

DECTO-2018-1149-APN-PTE - Declaración.

Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-17453409-APN-CGD#MC, por el cual se

propone declarar Lugar Histórico Nacional al predio que ocupan la

SINAGOGA y el CENTRO UNIÓN ISRAELITA de COLONIA AVIGDOR, Departamento

de LA PAZ, Distrito ALCARAZ 1°, PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, y

CONSIDERANDO:

Que la colonización judía en nuestro país ha realizado un aporte de

gran relevancia para el desarrollo cultural y social y los valores de

la comunidad se han mantenido desde su llegada como un rasgo de

identidad en AVIGDOR.

Que la JEWISH COLONIZATION ASSOCIATION, (J.C.A.) CHARITY SOCIETY

fundada por el Baron Maurice VON HIRSCH, surgida para proteger y dar

asistencia a las familias que necesitaban emigrar desde el este europeo

perseguidas por su religión judía, fue la encargada de comprar las

tierras en la REPÚBLICA ARGENTINA para ser entregada a los colonos.

Que la JEWISH COLONIZATION ASSOCIATION, no sólo fundó colonias, sino

también escuelas, cooperativas, bibliotecas y teatros, para la

incorporación y argentinización de estas nuevas comunidades a la vida

económica y cultural de la nueva patria.

Que la inmigración judía se ha integrado a las costumbres del hombre de

campo y han producido un aporte significativo al desarrollo económico

de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS en particular y de la REPÚBLICA ARGENTINA

en general.

Que en cierto sentido esta colonia es una excepción en el plan general

de la JEWISH COLONIZATION ASSOCIATION porque no nació en la época de

mayor movimiento inmigratorio sino bastante después y porque los que

desembarcaron aquí no eran rusos víctimas del zarismo sino judíos que

huían de la Alemania Nazi.

Que AVIGDOR es la última colonia creada en la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS,

en el año 1936, por la JEWISH COLONIZATION ASSOCIATION, para

salvaguardar la vida de los judíos europeos perseguidos.

Que la Sinagoga y el anexo, hoy Centro Unión Israelita, constituyen

testimonios históricos de la fundación y de los primeros años de

AVIGDOR que merecen ser preservados para las nuevas generaciones

permitiendo mantener la memoria del lugar donde los pioneros

construyeron dos organizaciones pilares de la comunidad.

Que la Fundación Judaica realizó un proyecto de poner en valor como

polo turístico rural y como espacio de radicación de familias pobres

para recuperar la dignidad del pan y del trabajo como el que dio origen

a las colonias la mística de los gauchos judíos.

Que se ha desarrollado un circuito turístico cultural de la historia de

la colonización judía en la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS del cual AVIGDOR

forma parte.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la Secretaría de

Gobierno de Cultura del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y

TECNOLOGÍA ha tomado debida intervención.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el

artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 1º ter,

inciso b) de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárase Lugar Histórico Nacional al predio que ocupan

la SINAGOGA y el CENTRO UNIÓN ISRAELITA de COLONIA AVIGDOR,

Departamento de LA PAZ, Distrito ALCARAZ 1°, PROVINCIA DE ENTRE RÍOS,

ubicado en la calle 4 s/nº de la manzana 6 cuya parcela se encuentra

identificada con el N° de partida 103502.

ARTÍCULO 2°.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE

BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos

en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las

normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones

correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Alejandro

Finocchiaro

e. 19/12/2018 N° 97349/18 v. 19/12/2018

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.