JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Rango Decreto
Publicación 2012-01-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 116/2012

Dase por aprobada la designación del Director Nacional Alterno del Proyecto de Modernización del Estado.

Bs. As., 18/1/2012

VISTO el expediente Nº 51.987/2011 del registro de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nº 26.546 prorrogada en los términos

del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054 ambos del 22

de diciembre de 2010 y Nº 26.728, los Decretos Nº 1829 del 4 de

diciembre de 2007, Nº 1723 del 29 de diciembre de 2005, Nº 491 del 12

de marzo de 2002, lo solicitado por la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto se tramita la designación como

Director Nacional Alterno del Proyecto de Modernización del Estado

dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del señor D.

Mariano DELORENZI.

Que el Decreto Nº 1829/07 en su artículo 1º aprobó el Modelo de

Convenio de PRESTAMO BIRF Nº 7449-AR, destinado a la ejecución del

SEGUNDO PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO, a suscribirse entre la

REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y

FOMENTO (BIRF).

Que por el Decreto Nº 1723/05 se creó el cargo extraescalafonario de

DIRECTOR NACIONAL ALTERNO DEL PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO,

dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con una

remuneración equivalente al Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva

Nivel I, del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA

(aprobado por el Decreto Nº 993/91 - (t.o. 1995).

Que por las Leyes Nº 26.546 se aprobó el Presupuesto de la

Administración Nacional para el Ejercicio del año 2010, prorrogada en

los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº

2054/10, y Nº 26.728 el Presupuesto correspondiente al año 2012.

Que el artículo 7º de las mencionadas Leyes establece que las

Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no

podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes al 1º de

enero de 2010, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,

salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente

y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a

propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se encuentra vacante y

financiado el cargo extraescalafonario de DIRECTOR NACIONAL ALTERNO DEL

PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO, cuya cobertura se impone con

cierta inmediatez frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma

con las exigencias del servicio.

Que por el artículo 10 de las Leyes Nº 26.546, prorrogada por el

Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y Nº

26.728 se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de

Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO

NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración

General del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del

artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el agente propuesto ha efectuado una real y efectiva prestación de

servicios a partir del 15 de diciembre de 2011, por lo que procede

designarlo con efectos a esa fecha.

Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6º, establece que los

proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no

impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el

ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados

por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y

Técnico Nº 4/02.

Que el agente de que se trata se encuentra exceptuado de lo establecido

en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario del Decreto Nº

491/02 por haber dado cumplimiento oportunamente con la documentación

en cuestión.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y

TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención

correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, el

artículo 1º del Decreto Nº 491/02, y a tenor de lo normado por los

artículos 7º y 10 de las Leyes Nº 26.546, prorrogada en los términos

del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y Nº

26.728.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1º — Dase por

designado a partir del 15 de diciembre de 2011, al señor D. Mariano

DELORENZI (DNI Nº 25.021.087), como Director Nacional Alterno del

Proyecto de Modernización del Estado, dependiente de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, en un cargo de carácter extraescalafonario con

rango y jerarquía de Director Nacional y una remuneración equivalente

al Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva de Nivel I del Sistema

Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo

de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, como excepción

a lo dispuesto por el artículo 7º de las Leyes Nº 26.546, prorrogada en

los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº

2054/10, y Nº 26.728 quedando facultado para representar al Gobierno

Nacional ante las autoridades del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION

Y FOMENTO (BIRF), las autoridades del PROGRAMA DE NACIONES UNIDAS PARA

EL DESARROLLO (PNUD) Organismos Oficiales Nacionales intervinientes y

Entidades Financieras de orden nacional, internacional y multinacional,

en todas las acciones necesarias para la ejecución del SEGUNDO PROYECTO

DE MODERNIZACION DEL ESTADO financiado por el organismo multilateral de

crédito mencionado en primer término.

Art. 2º — El gasto que demande

el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a

las partidas específicas de los créditos presupuestarios para el

corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina.

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