DUELO NACIONAL
DUELO NACIONAL
Decreto 1166/2001
Declaráse Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina, en virtud de los trágicos sucesos ocurridos en los Estados Unidos de América.
Bs. As., 11/9/2001
VISTO los trágicos sucesos ocurridos en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y
CONSIDERANDO:
Que los atentados perpetrados han provocado la pérdida de numerosas vidas humanas.
Que el Gobierno y el pueblo de la Nación Argentina acompañan con su solidaridad y pesar el dolor del Gobierno y del pueblo estadounidense.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina por el término de TRES (3) días a partir del día de la fecha.
Art. 2° — Establécese que la Bandera nacional permanecerá a media asta en los edificios públicos.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo.
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