EXENCION DE GRAVAMENES
Decreto 1170/98
Se exime del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y procedente de los países participantes en la Tercera Edición del evento "Feria Internacional de Turismo de América Latina - FIT '98".
Bs. As., 2/10/98
B.O: 14/10/98
VISTO el Expediente N° 061-001616/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la SECRETARIA DE TURISMO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los catálogos, folletos impresos, material publicitario, otras formas de propaganda y elementos de construcción y decoración de stands de los países participantes en la Tercera Edición del evento "FERIA INTERNACIONAL DE TURISMO DE AMERICA LATINA - FIT 98" a realizarse en el Predio Ferial de Palermo de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 17 al 20 de octubre de 1998.
Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5º, inciso s), de la Ley N° 20.545 incorporado por su similar N° 21.450 y mantenido por el artículo 4° de la Ley N° 22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA: