ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2013-08-28
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 1186/2013

Asignaciones. Adecuación.

Bs. As., 22/8/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0121864/2013 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los Decretos Nros. 1.750 del 29 de

diciembre de 2005 y sus modificatorios, 138 del 15 de febrero de 2007 y

su modificatorio, 1.536 del 19 de septiembre de 2008 y sus

modificatorios, 60 del 30 de enero de 2009, 1.530 del 21 de octubre de

2009 y sus modificatorios, 2.314 del 28 de diciembre de 2009 y sus

modificatorios, 690 del 6 de junio de 2011, 1.733 del 25 de octubre de

2011, 435 del 22 de marzo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1.750 del 29 de diciembre de 2005 y sus

modificatorios se fijó la remuneración correspondiente a los vocales

del Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo autárquico en

el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por el Decreto Nº 138 del 15 de febrero de 2007 y su modificatorio

se estableció un adicional remunerativo y bonificable para los cargos

docentes y bedeles que se desempeñan en el INSTITUTO SUPERIOR DE

ENSEÑANZA RADIOFONICA (ISER) dependiente del entonces COMITE FEDERAL DE

RADIODIFUSION.

Que por el Decreto Nº 1.536 del 19 de septiembre de 2008 y sus

modificatorios se estableció el valor de la hora cátedra para el

personal docente retribuido por hora cátedra de las distintas

jurisdicciones de la Administración Central y de los organismos que

figuran en el Anexo I de la aludida medida, con excepción del personal

docente civil comprendido en la Ley Nº 17.409 y del personal docente

comprendido en el convenio marco del Artículo 10 de la Ley Nº 26.075,

normativa y acuerdos complementarios.

Que el Decreto Nº 60 del 30 de enero de 2009 contempla la remuneración

mensual del cargo de Administrador Nacional de Aviación Civil.

Que por el Decreto Nº 1.530 del 21 de octubre de 2009 y sus

modificatorios se fijó la remuneración mensual de los cargos de Rector,

Regente y Ayudante de Trabajos Prácticos de la ESCUELA NACIONAL DE

BIBLIOTECARIOS de la BIBLIOTECA NACIONAL y del cargo de Bedel del

INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA dependiente del ex COMITE

FEDERAL DE RADIODIFUSION.

Que por el Decreto Nº 2.314 del 28 de diciembre de 2009 y sus

modificatorios se aprueba la estructura escalafonaria y el régimen

retributivo para el personal de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION

CIVIL.

Que por el Artículo 5° del Decreto Nº 1.733 del 25 de octubre de 2011

se establecieron las retribuciones del Secretario General y los

Representantes Regionales, Provinciales y del Quehacer Teatral del

INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO conforme los valores que constan en el

Anexo II del mismo.

Que mediante el Decreto Nº 690 del 6 de junio de 2011 se estableció el

valor del adicional remuneratorio por prestaciones de servicios en la

Antártida para el personal militar en los términos previstos en la Ley

Nº 23.547.

Que mediante el Decreto Nº 435 del 22 de marzo de 2012 se estableció la

asignación de becas financiadas por el MINISTERIO DE SALUD para los

Profesionales Residentes Nacionales que realizan su formación en

Instituciones Públicas de las Jurisdicciones Provinciales.

Que resulta necesario establecer nuevos valores a los conceptos

mencionados en los considerandos precedentes a los fines de adecuar los

institutos al resto de las asignaciones vigentes en la Administración

Pública Nacional dispuestas oportunamente por el PODER EJECUTIVO

NACIONAL.

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícanse las

retribuciones de los vocales del Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS

ARTES, organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de

la PRESIDENCIA DE LA NACION, establecidas en el artículo 4° del Decreto

Nº 1.750 del 29 de diciembre de 2005 y sus modificatorios, fijándose en

PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 6.698).

Art. 2º — Modifícanse los

adicionales remunerativos y bonificables aplicables a los cargos

docentes y bedeles que se desempeñan en el INSTITUTO SUPERIOR DE

ENSEÑANZA RADIOFONICA (ISER), dependiente de la AUTORIDAD FEDERAL DE

SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) contemplados en el

artículo 1° del Decreto Nº 138 del 15 de febrero de 2007 y su

modificatorio en PESOS OCHENTA Y TRES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS

($ 83,54) y PESOS SEISCIENTOS VEINTE ($ 620), respectivamente.

Art. 3º — Modifícase el valor

de la hora cátedra establecido en el artículo 1° del Decreto Nº 1.536

del 19 de septiembre de 2008 y sus modificatorios para el personal

docente retribuido por hora cátedra de las distintas jurisdicciones de

la Administración Central y de los organismos que figuran en el Anexo

I, con excepción del personal docente civil comprendido en la Ley Nº

17.409 y del personal docente comprendido en el convenio marco del

artículo 10 de la Ley Nº 26.075, normativa y acuerdos complementarios,

fijándose la misma en PESOS NOVENTA Y SEIS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($

96,25).

Art. 4º — Sustitúyese el Anexo

del Decreto Nº 60 del 30 de enero de 2009 que fija la remuneración

mensual del cargo de Administrador Nacional de Aviación Civil, por el

siguiente:

ANEXO

REMUNERACION MENSUAL DEL CARGO DE ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL

—expresada en pesos—

SUELDO BASICODEDICACION FUNCIONALSUPLEMENTO FUNCION DIRECTIVACOMPLEMENTO RESPONSABILIDAD DEL CARGOREMUNERACION TOTAL6.9756.97514.68314.75643.389

Art. 5° — Modifícase la

remuneración mensual correspondiente a los cargos de Rector, Regente y

Ayudante de Trabajos Prácticos de la ESCUELA NACIONAL DE BIBLIOTECARIOS

de la BIBLIOTECA NACIONAL establecida en el artículo 3° del Decreto Nº

1.530 del 21 de octubre de 2009 y sus modificatorios en PESOS DOS MIL

CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES ($ 2.473), en PESOS DOS MIL CIENTO SETENTA

Y DOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 2.172,44), y en PESOS UN MIL

TRESCIENTOS VEINTIUNO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.321,49),

respectivamente.

Art. 6° — Modifícase la

remuneración mensual del cargo de Bedel del INSTITUTO SUPERIOR DE

ENSEÑANZA RADIOFONICA (ISER), dependiente de la AUTORIDAD FEDERAL DE

SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA), organismo

descentralizado actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION,

establecida en el artículo 2° del Decreto Nº 1.530 del 21 de octubre de

2009 y sus modificatorios fijándose la misma en PESOS UN MIL

TRESCIENTOS QUINCE CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 1.315,63).

Art. 7° — Modifícase el valor

del Módulo Básico establecido en el artículo 2° del Anexo III al

Decreto Nº 2.314 del 28 de diciembre de 2009 y sus modificatorios del

Régimen Retributivo para el personal de la ADMINISTRACION NACIONAL DE

AVIACION CIVIL, fijándolo en PESOS VEINTIDOS CON CINCUENTA Y UN

CENTAVOS ($ 22,51).

Art. 8° — Sustitúyese el Anexo

II del Decreto Nº 1.733 del 25 de octubre de 2011 mediante el cual se

establecieron las retribuciones del Secretario General y los

Representantes Regionales, Provinciales y del Quehacer Teatral del

INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, en orden a los valores que se detallan a

continuación:

CARGOS DEL INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO$SECRETARIO GENERAL13.582REPRESENTANTES REGIONALES10.341REPRESENTANTES PROVINCIALES8.459REPRESENTANTES DEL QUEHACER TEATRAL8.459

Art. 9° — Fíjase el valor del

adicional remuneratorio por prestaciones de servicios en la Antártida

para el personal militar en los términos previstos en la Ley Nº 23.547,

fijado por el artículo 1° del Decreto Nº 690 del 6 de junio de 2011, en

la suma de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 13.537).

Art. 10. — Sustitúyese el Anexo

I del Decreto Nº 435 del 22 de marzo de 2012 que establece el monto de

la asignación de becas financiadas por el MINISTERIO DE SALUD para los

Profesionales Residentes Nacionales que realizan su formación en

Instituciones Públicas de las Jurisdicciones Provinciales, en orden a

los valores que se detallan a continuación:

AÑOTOTAL BECA $JEFE4.5934º AÑO4.1763º AÑO4.1762º AÑO3.7961º AÑO3.451

Art. 11. — La COMISION TECNICA

ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO será el organismo con

facultades para dictar las normas interpretativas, aclaratorias y

complementarias que resultaren pertinentes para la aplicación de la

presente medida.

Art. 12. — El presente decreto entrará en vigencia el día 1 de septiembre de 2013.

Art. 13. — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.

Lorenzino.

SUELDO BASICO DEDICACION FUNCIONAL SUPLEMENTO FUNCION DIRECTIVA COMPLEMENTO RESPONSABILIDAD DEL CARGO REMUNERACION TOTAL
6.975 6.975 14.683 14.756 43.389
CARGOS DEL INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO $
--- ---
SECRETARIO GENERAL 13.582
REPRESENTANTES REGIONALES 10.341
REPRESENTANTES PROVINCIALES 8.459
REPRESENTANTES DEL QUEHACER TEATRAL 8.459
AÑO TOTAL BECA $
--- ---
JEFE 4.593
4º AÑO 4.176
3º AÑO 4.176
2º AÑO 3.796
1º AÑO 3.451

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