COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Rango Decreto
Publicación 2016-11-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Decreto 1190/2016

Establécese jerarquía de Subsecretario.

Buenos Aires, 22/11/2016

VISTO el Expediente N° S01:0068434/2016 del Registro del MINISTERIO DE

PRODUCCIÓN, la Ley de Ministerios Nº 22.250 (texto ordenado por Decreto

438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 25.156 de Defensa de la

Competencia y sus modificaciones, y los Decretos Nros. 357 de fecha 21

de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y 718 de

fecha 27 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.156 de Defensa de la Competencia y sus modificaciones,

tiene por objeto sancionar los actos o conductas, de cualquier forma

manifestados, relacionados con la producción e intercambio de bienes o

servicios, que tengan por objeto o efecto limitar, restringir, falsear

o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan

abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda

resultar en perjuicio para el interés económico general.

Que por los Artículos 19 y 20 de la Ley N° 25.156 y sus modificaciones,

se establecieron las funciones de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA

COMPETENCIA, entre las cuales se encuentra la de asistir a la Autoridad

de Aplicación de la mencionada ley y desarrollar las tareas que esta le

encomiende.

Que por el Anexo II del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y

su modificatorio N° 1 de fecha 4 de enero de 2016, se dispuso que la

SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ejercerá como

Autoridad de Aplicación de la Ley N° 25.156 de Defensa de la

Competencia y sus modificaciones.

Que el Decreto N° 718 de fecha 27 de mayo de 2016 establece que la

COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA actuará como organismo

desconcentrado en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO

DE PRODUCCIÓN.

Que para estar acorde a las funciones de asistencia que les corresponde

prestar, resulta necesario otorgar nivel de jerarquía de Subsecretario

a los Vocales de la mencionada Comisión en relación con las tareas

encomendadas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Establécese que los CUATRO (4) Vocales que integran la

COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo

desconcentrado en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO

DE PRODUCCIÓN, tendrán jerarquía de Subsecretario.

ARTÍCULO 2° — Las disposiciones del presente decreto entrarán en

vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del

presupuesto de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Francisco A. Cabrera.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.