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DUELO NACIONAL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

DUELO NACIONAL

Decreto 1196/2016

Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina.

Buenos Aires, 23/11/2016

VISTO el fallecimiento del Doctor D. Carlos Santiago FAYT, producido el día 22 de noviembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el Dr. FAYT se desempeñó como Juez de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DE LA NACIÓN, desde el retorno de la democracia en la REPÚBLICA

ARGENTINA, en el año 1983, hasta diciembre del año 2015, exhibiendo en

todo momento sus notables dotes como jurista.

Que desarrolló una destacadísima carrera en la docencia universitaria,

siendo además un prolífico autor de obras jurídicas, brillando en el

campo del Derecho Político, que lo tuvo como uno de sus más reconocidos

exponentes.

Que fue reconocido como un demócrata cabal, destacándose por su

conducta ética y fuerte compromiso con el Estado de Derecho y los

derechos humanos.

Que su defensa de los valores republicanos y democráticos constituye un ejemplo para la ciudadanía argentina.

Que el Dr. FAYT fue un hombre comprometido hasta el último día de su

vida con la Justicia, siendo su tarea en la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DE LA NACIÓN fundamental para nuestra democracia

Que en virtud de ello resulta un deber del Gobierno Nacional honrar la

memoria de este ilustre jurista y hombre de bien con motivo de su

lamentable desaparición.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º — Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la

República Argentina por el término de DOS (2) días a partir del día de

la fecha, con motivo del fallecimiento del Doctor D. Carlos Santiago

FAYT.

ARTÍCULO 2º — Por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se expresarán a

la familia del extinto las condolencias del Gobierno Nacional.

ARTÍCULO 3º — Durante los días de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.
ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.