SESIONES EXTRAORDINARIAS
SESIONES EXTRAORDINARIAS
Decreto 1200/2000
Amplíase el temario a tratar por el Honorable Congreso de la Nación.
Bs. As., 21/12/2000
En uso de las facultades que le otorgan los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Inclúyese en el temario a tratar por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, durante el actual período de Sesiones Extraordinarias, la consideración del siguiente asunto: "Proyecto de Ley de Fomento del Libro y la Lectura".
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Federico T. M. Storani.
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