HUESPEDES OFICIALES

Rango Decreto
Publicación 1997-11-25
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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HUESPEDES OFICIALES

Decreto 1248/97

**Convalídese el tratamiento acordado al Ministro de Migraciones,

Nacionalidades y Minorías de Ucrania y comitiva.**

Bs.As., 19/11/97

B.O: 25/11/97

VISTO la visita efectuada al país por el señor Ministro

de Migraciones, Nacionalidades y Minorías de UCRANIA, D.

Volodymyr EVTUJ y comitiva, entre los días 26 de agosto

y 1º de septiembre de 1997, lo aconsejado por el MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que la Declaración de Huéspedes Oficiales encuadra

en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por

el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Convalídase el tratamiento

de Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado

al señor Ministro de Migraciones, Nacionalidades y Minorías

de UCRANIA. D. Volodymyr EVTUJ y comitiva, durante su permanencia

en la República, entre los días 26 de agosto y 1°

de septiembre de 1997.

Art. 2°-Atiéndase con cargo al presupuesto

correspondiente a la jurisdicción 35-MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO-para el ejercicio de

1997, los gastos derivados del presente Decreto.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido

Di Tella.

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