DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 1248/1974
Bs. As., 28/10/1974
VISTO el Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973 y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que al incorporarse la Escuela de Defensa Nacional como organismo fuera
de nivel dependiente del Ministerio de Defensa, se definieron su actual
misión y funciones, armonizándolas con las atribuciones y
responsabilidades asignadas al citado Departamento de Estado por la Ley
Nº 20.524;
Que la experiencia habida hasta la fecha, aconseja adecuar la
estructura orgánico-funcional del citado Instituto establecida para la
ex-Escuela Nacional de Guerra, ajustándola a los nuevos requerimientos
de su actual misión y funciones;
Que la estructura orgánica propuesta contempla las necesidades básicas
de un Instituto del más alto nivel en materia docente y de
investigación, tendiente a elaborar una doctrina de Defensa Nacional
acorde con las exigencias político-estratégicas del momento histórico;
Que, asimismo, es necesario adoptar, con carácter permanente,
previsiones para asegurar un adecuado equilibrio en la representación
de las Fuerzas Armadas y lograr así una compatibilización de los
criterios sectoriales en beneficio de la labor integral;
Que, atento a lo que dispone el Decreto Nº 234/69 cuando se modifica
una estructura, el presente debe tener el carácter de rectificatorio de
aquél que la aprobó;
Por ello,
LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° —Rectifícase el
Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973, por el cual se aprobó la
estructura orgánica del Ministerio de Defensa y la Escuela de Defensa
Nacional, como organismo dependiente “fuera de nivel”, e incorpórase el
desarrollo estructural de la misma de conformidad con los organigramas,
misiones y funciones, agrupamiento funcional y dotaciones, memorando
descriptivo de tareas y planta de personal temporario que, como Anexos
I, Ia., II, III, IV y V, forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2° — A partir del año
1975, los cargos de Director, Subdirector y Jefe del Departamento de
Enseñanza serán ocupados por Oficiales Superiores de las Fuerzas
Armadas provenientes de Fuerzas distintas; el Jefe del Departamento
Doctrina provendrá de la misma Fuerza que el Director y el Jefe del
Departamento de Asuntos Académicos pertenecerá a la misma Fuerza que el
Subdirector; los cargos serán rotativos; por arma, cada dos años.
Art. 3° — El gasto que demande
la aplicación de la estructura que se aprueba por el presente decreto
se imputará a la Partida 5.90 - 45 - 010-0.371 - 11 - 1110 y 1120 del
Presupuesto General de la Administración Nacional aprobado para el
Ejercicio 1974.
Art. 4° — El presente decreto
tendrá carácter de secreto; regístrese, comuníquese al Ministerio de
Defensa y archívese. — MARTINEZ DE PERON.
NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición
web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.