MONUMENTOS CONMEMORATIVOS

Rango Decreto
Publicación 1997-02-17
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MONUMENTOS CONMEMORATIVOS

Decreto 125/97

**Establécese que la Secretaría de Cultura de la

Presidencia de la Nación, llamará a concurso público

nacional de proyectos para la realización del monumento

que perpetúe la memoria de María Eva Duarte de Perón,

en la Ciudad de Buenos Aires.**

Bs. As., 12/2/97

VISTO y CONSIDERANDO:

Que es deber ineludible del Gobierno Nacional mantener viva en

el pueblo argentino la memoria de doña María Eva

Duarte de Perón.

Que, oportunamente, el Honorable Congreso de la Nación,

a través de la Ley N° 23.376, dispuso la erección

de un monumento destinado a perpetuar el reconocimiento de la

sociedad por la labor desarrollada en favor de los sectores más

humildes y desposeídos.

Que ese texto legal previó, además, que dicho homenaje

debía realizarse en la Ciudad de Buenos Aires, en algún

lugar próximo a aquellos en los que la señora de

Perón desarrollaba habitualmente su trascendente labor

humanitaria.

Que, en ese sentido, se estima procedente proponer la ubicación

del mismo dentro del predio comprendido por las Avenidas General

Las Heras y del Libertador General San Martín y las calles

Agüero y Austria.

Que, por otra parte, corresponde solicitar al Gobierno Autónomo

de la Ciudad de Buenos Aires la adopción de las medidas

pertinentes a tal fin.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes

del artículo 99,incisos 1 y 2, de la Constitución

Nacional y las otorgadas por el artículo 3° de la

Ley N° 23.376.

Por ello.

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-En cumplimiento de las disposiciones

de la Ley N° 23.376, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA

DE LA NACION, en un plazo máximo de TREINTA (30) días

contados a partir de la fecha de publicación del presente

Decreto, llamará a concurso público nacional de

proyectos, para la realización de un monumento que perpetúe

la memoria de la señora María Eva Duarte de Perón,

en el que podrán intervenir solamente artistas plásticos

argentinos.

Art. 2°-La selección de la obra escultórica

estará a cargo de un jurado constituido por UN ( I ) representantes

de cada una de las siguientes jurisdicciones: Ministerio del Interior,

Ministerio de Cultura y Educación, e Instituto Nacional

Juan Domingo Perón de Estudios e investigaciones Históricas,

Sociales y Políticas.

La SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION designará

a los integrantes del jurado a que se refiere el presente artículo.

a propuesta de cada una de las mencionadas entidades.

Art. 3°-Por el Ministerio del Interior se invitará

al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION para que designe un representante

por cada Cámara Legislativa, a efectos de integrar el jurado.

Art. 4°-A los mismos fines y por el Ministerio de

Cultura y Educación se invitará a la Facultad de

Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la universidad de Buenos

Aires y al Instituto Universitario del Arte.

Art. 5°-Por el Ministerio del Interior se solicitará

al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que arbitre las medidas

que fuere menester a fin de emplazar el monumento a la señora

María Eva Duarte de Perón en el predio delimitado

por las Avenidas General Las Heras y del Libertador General San

Martín y las calles Agüero y Austria.

Art. 6°-Facúltase a la SECRETARIA DE CULTURA

de la PRESIDENCIA DE LA NACION para dictar las normas complementarias

y aclaratorias que estime necesarias para el cumplimiento del

presente Decreto.

Art. 7°-El gasto que demande el cumplimiento del presente

Decreto será imputado a las partidas que, a tal efecto,

se asignen de la Jurisdicción 2000 - PRESIDENCIA DE LA

NACION.

Art. 8°-Comuníquese. publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese

MENEM-Carlos V. Corach.

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