ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

Rango Decreto
Publicación 2003-12-16
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

Decreto 1254/2003

Apruébase la estructura organizativa del citado organismo descentralizado en jurisdicción del Ministerio de Salud.

Bs. As., 12/12/2003

VISTO, la Ley Nº 25.725 aprobatoria del Presupuesto

General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2003 y

los Decretos Nº 53 del 15 de enero de 1998 y Nº 357 del 21 de febrero

de 2002 y lo solicitado por el MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto citado en primer término en

el VISTO se creó la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES como

organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional en

jurisdicción del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, con

personalidad jurídica propia y un régimen de autarquía administrativa,

económica y financiera, teniendo como objetivo la implementación y la

administración de los recursos afectados al apoyo financiero de los

agentes de salud y a los planes y programas de salud destinados a los

beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud, conforme a la

Ley Nº 23.661 y sus modificatorias.

Que en cumplimiento del artículo 8º del Decreto Nº

53 de fecha 15 de enero de 1998, se dictó la Decisión Administrativa Nº

213 de fecha 2 de abril de 1998 disponiendo la transferencia del

personal de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a la

ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES.

Que el inciso c) del artículo 6º de dicho Decreto

atribuye al Gerente General de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS

ESPECIALES, la facultad de proponer el proyecto de estructura

organizativa del organismo.

Que a través del Decreto Nº 357 de fecha 21 de

febrero de 2002, se aprobó el organigrama de aplicación de la

Administración Pública Nacional, estableciendo las competencias.

Que en esta instancia resulta procedente la

aprobación de la estructura organizativa de la ADMINISTRACION DE

PROGRAMAS ESPECIALES correspondiente a las unidades de primer nivel

operativo.

Que la Subsecretaría de la Gestión Pública de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS

JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD han tomado la intervención de su

competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las

facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el inciso 1º del

artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Apruébase la estructura

organizativa de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, organismo

descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo con

el organigrama, objetivos, responsabilidades primarias y acciones que

como Anexos I y II forman parte integrante del presente Decreto.

(Nota Infoleg:por art. 1° delDecreto N° 366/2012*B.O. 14/03/2012 se transfiere a la órbita de la SUPERINTENDENCIA DE

SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD,

la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, como organismo

desconcentrado, la que actuará a través de la GERENCIA GENERAL de la

citada Superintendencia)*

(Nota Infoleg:por art. 1° delDecreto N° 1198/2012*B.O. 19/07/2012 se absorve la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

dentro de la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE

SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de la ADMINISTRACION

PUBLICA NACIONAL en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD)*

Art. 2º— En el plazo de SESENTA (60) días

corridos, a partir de la publicación del presente, la ADMINISTRACION DE

PROGRAMAS ESPECIALES elevará al PODER EJECUTIVO NACIONAL la dotación de

los cargos correspondientes.

Art. 3º— En el plazo de SESENTA (60)

días corridos, a partir de la publicación del presente, la

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES deberá aprobar las aperturas

inferiores de las unidades organizativas que se aprueban por el

presente.

Art. 4º— El gasto que demande el

cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los

créditos de las partidas específicas del presupuesto de la

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES.

Art. 5º— Comuníquese, publíquese,

dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. —

KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Ginés M. González García.

ANEXO I

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ANEXO II

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

OBJETIVOS:

Implementar, reglamentar, administrar y entregar los

recursos provenientes del Fondo Solidario de Redistribución, dirigiendo

todo su accionar al fortalecimiento cabal de la atención de la salud de

los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud, destinando

todos los recursos disponibles para la cobertura de subsidios y

reintegros por prestaciones que se refieran tanto a alto impacto

económico cuanto a aquellas que demanden una cobertura prolongada en el

tiempo, a fin de asegurar el otorgamiento de prestaciones de salud

igualitarias, garantizando a los beneficiarios la obtención del mismo

tipo y nivel de prestaciones, a fin de eliminar toda forma de

distribución desigualitaria.

Desarrollar e implementar Programas de Prevención de

patologías de alto impacto económico y aquellas que por sus

características demanden una atención prolongada en el tiempo, y de

Promoción de la Salud para los beneficiarios del Sistema Nacional del

Seguro de Salud.

GERENCIA GENERAL

Responsabilidad primaria:

Garantizar la eficacia y la eficiencia del

organismo, administrando los recursos afectados por el Fondo Solidario

de Redistribución y otras fuentes alternativas de financiación a los

planes y programas de salud para los beneficiarios del Sistema Nacional

del Seguro de Salud.

Acciones:

1.

Instrumentar la implementación de los recursos

afectados por el Fondo Solidario de Redistribución para planes y

programas de salud para los beneficiarios del Sistema Nacional del

Seguro de Salud.

2.

Elaborar y diseñar normas de otorgamiento de subsidios, programas especiales; reprogramar los ya existentes.

3.

Confeccionar el presupuesto previsto para cada programa, de acuerdo a la utilización esperada.

4.

Garantizar la eficacia y eficiencia del sistema

de prestaciones, asegurando con sus acciones uniformidad en la

cobertura, similar calidad de prestación e igual nivel de accesibilidad

para todos los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

5.

Entender en la determinación de las prestaciones

e insumos que integren los programas especiales, determinando su costo

y fijando valores de referencia en función de los precios que cotizan

en el mercado.

6.

Determinar los procedimientos e instrumentos

administrativos para acceder a los subsidios y para efectuar la

correspondiente rendición de cuentas.

7.

Garantizar el cumplimiento de la Ley Nº 24.455 e

implementar las disposiciones pertinentes contenidas en la normativa

vigente.

8.

Resolver en todos los casos que pudieran dar

lugar a la aplicación del régimen administrativo disciplinario,

aconsejando, si correspondiere, la instrucción del sumario pertinente.

9.

Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y sistemas administrativos e informáticos.

10.

Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de

la documentación administrativa, determinando para cada trámite, las

unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender

en el tema respectivo.

11.

Supervisar el cumplimiento de las rendiciones de cuentas de subsidios otorgados resolviendo su aprobación o revocación.

AUDITORIA INTERNA

Responsabilidad primaria:

Planificar y realizar la auditoría interna de la

jurisdicción conforme a las normas generales de Control Interno y

Auditoría Interna, con el objeto de evaluar el cumplimiento de las

políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad

superior.

Acciones:

1.

Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna.

2.

Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.

3.

Tomar conocimiento integral de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.

4.

Verificar si en las erogaciones e ingresos de la

jurisdicción se cumplen los principios contables y niveles

presupuestarios de la normativa legal vigente.

5.

Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados.

6.

Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.

7.

Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.

8.

Producir informes periódicos a la ADMINISTRACION

DE PROGRAMAS ESPECIALES y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION sobre

las auditorías desarrolladas y otros controles practicados, informando

los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u observaciones

que se formulen.

9.

Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

10.

Verificar la eficiencia y eficacia en la

ejecución del Plan Estratégico de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS

ESPECIALES y sugerir al Gerente General las medidas correctivas de los

desvíos observados.

GERENCIA DE PRESTACIONES

Responsabilidad primaria:

Garantizar la eficacia y eficiencia del sistema de

prestaciones, asegurando con sus acciones uniformidad en la cobertura,

similar calidad de prestación e igual nivel de accesibilidad.

Acciones:

1.

Evaluar las solicitudes y su procedencia, determinando si la prestación solicitada se adecua a las indicaciones médicas.

2.

Verificar que los prestadores propuestos por el Agente de Salud se encuentren inscriptos en el Registro correspondiente.

3.

Confeccionar el listado pormenorizado de los insumos y prestaciones de cada Programa.

4.

Fijar valores de referencia en función de los estudios que realice el Organismo para cada una de las prácticas cubiertas.

5.

Actualizar el listado de procedimientos médicos,

mediante la validación científica y social, con la colaboración de las

sociedades científicas, académicas y el MINISTERIO DE SALUD,

solicitando a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD la

incorporación de aquellos que correspondan cubrir obligatoriamente por

los Agentes del Seguro de Salud.

6.

Entender en el análisis de las solicitudes por

vía de excepción y proponer a la Gerencia General el criterio a asumir

en cada caso.

7.

Analizar los resultados de los subsidios otorgados en términos costo utilidad o costo beneficio.

8.

Controlar el seguimiento de las patologías crónicas subsidiadas a los Agentes del Seguro de Salud.

9.

Mantener registros actualizados de beneficiarios con enfermedades crónicas.

10.

Realizar auditorías periódicas con muestreo de prestaciones.

11.

Realizar estudios y llevar estadísticas de demanda, consumos, etc.

GERENCIA DE ADMINISTRACION DE SUBSIDIOS Y FINANZAS

Responsabilidad primaria:

Administrar y verificar desde su inicio, los

requisitos a reunir por los subsidios, previo a la intervención de la

Gerencia de Prestaciones.

Realizar controles y registros económico financieros.

Gestionar los sistemas administrativos y de información requeridos por el Organismo.

Elaborar el Presupuesto General de Recursos y Gastos del Organismo.

Acciones:

1.

Verificar que la documentación aportada por los

Agentes del Seguro de Salud cumpla con las normas administrativas

dictadas por el Organismo.

2.

Verificar que el beneficiario por el que se

requiere el subsidio o reintegro se encuentre en los padrones

correspondientes al Agente del Seguro solicitante.

3.

Determinar los instrumentos administrativos

necesarios para acceder a los subsidios, con mecanismos que procuren

celeridad y transparencia en los otorgamientos.

4.

Realizar todos los registros contables inherentes a los movimientos de los fondos administrados.

5.

Emitir la orden de pago a la TESORERIA GENERAL DE

LA NACION librando el monto aprobado al Agente del Seguro de Salud, una

vez autorizado el subsidio.

6.

Realizar todas las registraciones contables de la

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES y el control de la ejecución

presupuestaria, en congruencia con lo dispuesto por la Ley de

Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector

Público Nacional.

7.

Realizar la Memoria General y el Balance del Organismo.

8.

Realizar la gestión de todas las contrataciones y compras necesarias para el desenvolvimiento del Organismo.

SUBGERENCIA DE SUBSIDIOS CONTABILIDAD Y FINANZAS

Responsabilidad primaria:

Administrar, coordinar, analizar y controlar el

sistema contable-presupuestario del Organismo, observando el

cumplimiento de las normas vigentes en la materia, con el objeto de

proveer al Organismo de información confiable y oportuna.

Acciones:

1.

Intervenir en el otorgamiento de préstamos y

subsidios solicitados por los Agentes del Seguro de Salud y en la

formulación de las correcciones necesarias de los desvíos verificados

mediante el análisis de su respectiva gestión económica - financiera.

2.

Entender en la administración contable y

financiera del Fondo Solidario de Redistribución respetando la

normativa vigente y el procedimiento de la Ley 24.156 en materia de

administración financiera y sistemas de control.

3.

Entender en todas las acciones de compras,

registro presupuestario, contabilidad, balances de rendición de cuentas

(de los propios movimientos del Organismo), liquidación de haberes y

gastos, declaraciones juradas de aportes y contribuciones al REGIMEN

NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE OBRAS SOCIALES, declaraciones

juradas de impuestos por retenciones tanto del Impuesto a las Ganancias

como al del Valor Agregado (SICORE).

4.

Intervenir en las actividades tendientes a

efectuar las registraciones contables de los recursos del Organismo,

del movimiento de fondos y valores, del estado patrimonial y de las

liquidaciones de las erogaciones.

5.

Entender en la elaboración del presupuesto anual

de gasto y el cálculo de recursos de la administración y la ejecución

presupuestaria de caja, proponiendo las medidas correctivas que

resulten necesarias.

6.

Programar los actos administrativos vinculados con la gestión contable, económica, financiera y patrimonial del Organismo.

7.

Instrumentar listados de pago diario, tanto de

los subsidios según normativa de otorgamiento, como por imputación

contable y listados mensuales por subsidios otorgados con diferente

grado de análisis.

8.

Intervenir en la apertura de ofertas en actos licitatorios.

SUBGERENCIA DE RENDICION DE CUENTAS

Responsabilidad primaria:

Evaluar y analizar la documentación contable y

técnica prestacional de las presentaciones de rendición de cuentas

remitidas por los Agentes del Seguro de Salud.

Analizar la documentación contable y técnico

prestacional provista por el Agente del Seguro de Salud conforme a la

normativa vigente a fin de determinar el carácter de subsidio o

reintegro previo al otorgamiento del apoyo financiero.

Acciones:

1.

Realizar el análisis de la prestación y del subsidio otorgado y de los comprobantes presentados por los Agentes del Seguro.

2.

Requerir de los Agentes del Seguro la

presentación de la documentación respaldatoria sobre la utilización de

los fondos percibidos.

3.

Emitir opinión fundada sobre la aprobación o el

rechazo de las rendiciones de cuentas de los subsidios otorgados y

derivar las actuaciones a la Subgerencia de Asuntos Jurídicos para la

confección del acto administrativo correspondiente.

4.

Notificar a los Agentes del Seguro las observaciones efectuadas en la documentación acompañada.

5.

Proponer sanciones en caso de verificar acciones

ilegítimas informando a la Gerencia General y a la Subgerencia de

Asuntos Jurídicos, el incumplimiento incurrido por los Agentes del

Seguro de Salud a las disposiciones vigentes.

6.

Proponer un plan de realización de auditoría

sobre las prestaciones subsidiadas realizando la verificación in situ

de la documentación requerida.

7.

Verificar los pedidos de cambio de carácter de

los expedientes, en virtud de las prescripciones de normativa vigente,

ante la presentación de la documentación respaldatoria del gasto

erogado por parte del Agente del Seguro.

8.

Iniciar el trámite de recupero de fondos ante una

prestación no efectuada dentro de las normas u objetivos para la que

fue solicitada.

9.

Verificar la documentación atinente al control

técnico de la prestación con el objeto de sustentar los pagos

efectuados por el Agente del Seguro, en cumplimiento de lo determinado

por el acto resolutivo de otorgamiento del subsidio.

10.

Evaluar y confeccionar las pautas para la verificación de la documentación mencionada.

11.

Proponer a la superioridad las adaptaciones

necesarias teniendo en cuenta las modificaciones e inclusiones de

prácticas subsidiables a los Agentes del Seguro de Salud.

SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS

Responsabilidad primaria:

Asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia del organismo.

Asumir la representación y patrocinio de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES.

Acciones:

1.

Dictaminar y entender en el trámite de aquellos recursos, reclamos y denuncias sometidos a su consideración.

2.

Intervenir en la elaboración de normas de carácter general o de procedimiento que se pretendan dictar.

3.

Intervenir, representar, promover y actuar en

acciones judiciales de cualquier índole que involucre a la

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES.

4.

Entender en el ámbito de su competencia, en la

tramitación de las solicitudes de subsidios o reintegros, elaborando

los proyectos de resolución para su otorgamiento, transformación,

ampliación o denegatoria de lo solicitado, como así también en la

aprobación o revocación de su correspondiente rendición de cuentas,

conforme al cumplimiento de la finalidad de la ADMINISTRACION DE

PROGRAMAS ESPECIALES.

5.

Asistir al Gerente General en temas de su

competencia, en todas aquellas cuestiones en que se solicite su

análisis y dictamen.

6.

Revisar, desde la perspectiva legal, la normativa

y actos administrativos que deba dictar la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS

ESPECIALES emitiendo la consecuente opinión jurídica.

7.

Proponer la emisión de toda normativa inherente

al ámbito legal, tendiente a perfeccionar y desarrollar la

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES.

8.

Coordinar el desarrollo y actualización de los Registros de dictámenes, notas y providencias de la Subgerencia.

9.

Representar al organismo en acciones judiciales

en la que ésta sea parte o en que sus intereses se encuentren

comprendidos, debiendo mantener un registro actualizado del estado de

las diferentes causas.

10.

Asesorar en los aspectos jurídicos y legales, en

todas las negociaciones nacionales e internacionales en que el

Organismo participe.

11.

Representar al Organismo, ante las autoridades

oficiales ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales, en toda

gestión que requiera específicos conocimientos jurídicos.

DEPARTAMENTO DE SUMARIOS

Responsabilidad primaria:

Sustanciar los procedimientos sumariales sobre los

agentes y asistir a la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES sobre la

materia.

Acciones:

1.

Investigar los hechos, acciones u omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.

2.

Supervisar la recopilación de los informes y la

documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la

responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos

competentes el ejercicio de las acciones de recupero.

3.

Promover denuncias ante la autoridad máxima del

Organismo que justifiquen la substanciación del pertinente sumario o la

intervención del Poder Judicial.

4.

Fiscalizar la realización de diligencias a que

alude el reglamento de investigaciones administrativas y de toda otra

que resulte necesaria.

DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

Responsabilidad primaria:

Gestionar la política de recursos humanos establecida por el Organismo en función de sus metas y objetivos.

Acciones:

1.

Intervenir en la aplicación de regímenes

estatuarios y escalafonarios, reglamentaciones relativas a licencias,

compensaciones, situaciones especiales de revista, asignaciones

familiares, incompatibilidades, controlar su cumplimiento y proponer

las adecuaciones pertinentes.

2.

Confeccionar y actualizar los legajos únicos de

los agentes, administrando la información de asistencia y toda otra

requerida para la liquidación de haberes y demás compensaciones

(adicionales, bonificaciones, suplementos e incentivos), conforme las

disposiciones vigentes relativas a los derechos y obligaciones de los

agentes (licencias, becas, sanciones, etc.).

3.

Dirigir la actualización del registro de cargos

financiados correspondiente al Organismo y proporcionar la información

de base para la elaboración del proyecto de Presupuesto Anual, en lo

concerniente al inciso 1, Gastos de Personal.

4.

Intervenir en las actuaciones administrativas

relacionadas con el ingreso - egreso, movimientos de personal y régimen

disciplinario.

5.

Coordinar la elaboración y propuesta de la

política de capacitación de los recursos humanos y evaluar la

aplicación de los sistemas de selección y evaluación de desempeño;

coordinar los estudios que permitan la clasificación de puestos de

trabajo y la caracterización de los perfiles básicos aconsejables para

su ocupación.

6.

Centralizar las certificaciones de créditos de

capacitación que se obtengan, tanto por cursos efectuados a través del

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (INAP), como por

equivalencias reconocidas por dicho Organismo.

7.

Asistir en la gestión de las relaciones laborales

con entidades gremiales y evaluar las situaciones litigiosas colectivas

e individuales y proponer mecanismos alternativos de solución de

conflictos, asesorando y asistiendo al agente en sus derechos y

obligaciones.

8.

Promover y mantener el nivel de salud de los

agentes del Organismo realizando la prevención de enfermedades y/o

accidentes de trabajo y entender en el régimen de reconocimientos

médicos para el personal del Organismo y la legislación referente a

accidentes de trabajo y enfermedades inculpables del trabajador.

DEPARTAMENTO DE MESA DE ENTRADAS Y NOTIFICACIONES

Responsabilidad primaria:

Asegurar la recepción, registro, proceso y despacho

de toda la documentación presentada ante el Organismo o provenientes

del mismo garantizando la distribución a las distintas unidades de la

jurisdicción, controlando la circulación y el cumplimiento de los

plazos de tramitación de los expedientes administrativos.

Acciones:

1.

Coordinar la distribución de la documentación

administrativa a las unidades de la jurisdicción, control de

circulación y el cumplimiento de los plazos de tramitación de los

expedientes.

2.

Verificar el cumplimiento de los aspectos formales de la documentación que se tramita, conforme la normativa vigente.

3.

Coordinar la recepción y registro de los trámites y documentación que se ingresa o egresa del Organismo.

4.

Brindar información a los que acrediten condición

de parte acerca del estado de tramitación de expedientes, proyectos de

Leyes, Decretos y Decisiones Administrativas.

5.

Asegurar el archivo de los distintos expedientes conforme la normativa vigente inherente al asunto.

6.

Entender en el registro y protocolización de los actos administrativos emitidos por la Superioridad.

7.

Entender y suscribir las notas y actas de toma de

vista de los expedientes y las notas que son derivadas de las distintas

jurisdicciones del Organismo, asegurando que el interesado tome

conocimiento fehaciente del trámite.

DEPARTAMENTO DE INFORMATICA

Responsabilidad primaria:

Administrar los servicios informáticos y brindar la información requerida por el Organismo o los Agentes del Seguro de Salud.

Acciones:

1.

Organizar la mesa de ayuda informática al personal del Organismo.

2.

Planificar y participar en las tareas de

capacitación a usuarios en lo referente a la implementación de nuevos

circuitos administrativos y/o en la utilización de nuevas aplicaciones

informáticas.

3.

Participar en la implementación de nuevos sistemas.

4.

Analizar las herramientas necesarias para el desarrollo de los sistemas informáticos.

5.

Planificar el presupuesto, la implementación y mantenimiento de la arquitectura tecnológica del Organismo.

6.

Proponer y supervisar las políticas de seguridad informática.

7.

Administrar e implementar las bases de información del Organismo.

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