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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decreto 1267/2014

Designaciones en la Secretaría de Coordinación y Monitoreo Institucional.

Bs. As., 4/8/2014

VISTO el Decreto Nº 355 del 21 de febrero de 2002, la Ley de

Presupuesto Nº 26.895, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y lo

propuesto por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 355/02 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de

Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895, se dispuso el congelamiento

de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de

la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública

Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión

fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.895, se dispuso que las

facultades otorgadas por dicha Ley al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de

responsable político de la administración general del país y en función

de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION

NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el

control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de

la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no

permanente.

Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible

proceder a la cobertura, en el ámbito de la SECRETARIA DE COORDINACION

Y MONITOREO INSTITUCIONAL, de los cargos de Director Nacional de

Acreditación de Organizaciones, de la Subsecretaria de Responsabilidad

Social, de Director de Acreditación de Organizaciones Administradoras,

de la Dirección Nacional de Acreditación de Organizaciones, de la

Subsecretaria de Responsabilidad Social, y de Coordinador de Desarrollo

de Capacidades, de la Dirección de Diseño y Desarrollo Organizacional

para la Gestión de Personas, de la Dirección General de Recursos

Humanos y Organización.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dichos cargos

mediante una excepción a las pautas generales de selección que para el

acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los

Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del CONVENIO COLECTIVO DE

TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(SINEP) homologado por Decreto Nº 2098/08.

Que la licenciada GHIGLIAZZA, Cecilia, la señora MARTINEZ, Maria Rosa,

y el doctor ROCA, Guillermo Federico, reúnen los requisitos de

capacidad e idoneidad necesarios para los referidos cargos.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el

artículo 1° del Decreto Nº 491/02, y los artículos 7° y 10 de la Ley Nº

26.895.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por

designada, con carácter transitado, a partir del 01 de abril de 2014, y

por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir

de la fecha de la presente medida, a la licenciada GHIGLIAZZA, Cecilia

(D.N.I. Nº 24.028.385), en el cargo de Directora Nacional de

Acreditación de Organizaciones, de la Subsecretaría de Responsabilidad

Social, de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel A - Grado 0, autorizándose el

correspondiente pago de Función Ejecutiva II, y con autorización

excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el

artículo 14 del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado

por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08, con

excepción al artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Art. 2° — Dase por designada,

con carácter transitorio, a partir del 01 de abril de 2014, y por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la

fecha de la presente medida, a la señora MARTINEZ, Maria Rosa (D.N.I.

Nº 11.906.818), en el cargo de Directora de Acreditación de

Organizaciones Administradoras, de la Dirección Nacional de

Acreditación de Organizaciones, de la Subsecretaría de Responsabilidad

Social, de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel B - Grado 0, autorizándose el

correspondiente pago de Función Ejecutiva IV, y con autorización

excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el

artículo 14 del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado

por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08, con

excepción al artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Art. 3° — Dase por designado,

con carácter transitorio, a partir del 15 de abril de 2014, y por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la

fecha de la presente medida, al doctor ROCA, Guillermo Federico (D.N.I.

Nº 28.489.404), en el cargo de Coordinador de Desarrollo de

Capacidades, de la Dirección de Diseño y Desarrollo Organizacional para

la Gestión de Personas, de la Dirección General de Recursos Humanos y

Organización, de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO

INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel C - Grado 0,

autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva IV, del

Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, con

carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7° de la Ley Nº

26.895.

Art. 4° — Los cargos

involucrados en la presente medida deberán ser cubiertos conforme con

los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,

respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del

Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO

OCHENTA días hábiles contados a partir de la fecha de la presente

medida.

Art. 5° — El gasto que demande

el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las

partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO

SOCIAL.

Art. 6° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alicia M.

Kirchner.