MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 1268/94
Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Programación Económica.
Bs. As. 29/7/94
VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº. 1522 del 19 de julio de 1993 se aprobó la
estructura organizativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA,
dependiente del citado Departamento de Estado.
Que por el Decreto Nº. 2042 del 6 de octubre de 1993 se conformó la
organización del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, por lo que
resulta procedente aprobar la estructura organizativa de la Secretaría
mencionada, sin incluir al Instituto en cuestión.
Que la presente medida tiene por objeto adecuar la estructura
organizativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA dependiente del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, para el cabal
cumplimiento de nuevas competencias vinculadas con el cálculo de las
Cuentas Internacionales del Balance de Pagos y los estudios específicos
derivados de dicho cálculo.
Que se corresponde también al nuevo objetivo de programar y evaluar el
gasto social consolidado, su financiamiento y su impacto sobre la
población y la elaboración de diagnósticos y seguimiento de los niveles
de vida de la población.
Que el incremento de actividades originadas en estas nuevas
competencias sólo pueden ser asumidas a través de nuevas unidades
organizativas de nivel de Dirección Nacional que se crean por la
presente medida.
Que los cargos de planta permanente involucrados en la presente medida
han sido previstos en la Ley de Presupuesto vigente para el ejercicio
1994, en virtud de la ampliación y redistribución de las competencias
previstas para dicha Secretaría.
Que se debe prever el financiamiento de los cargos con Funciones
Ejecutivas, conforme lo establecido por el Artículo 33 del Decreto Nº.
993 del 27 de mayo de 1991.
Que esta medida de excepción se dicta cumplimentando la formalidad
impuesta por el artículo 15 del Decreto Nº. 1669 del 9 de agosto de
1993.
Que ha tomado la intervención que le compete, el COMITE EJECUTIVO DE
CONTRALOR DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA, expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades
emergentes del Artículo 86, inc. 1) de la Constitución Nacional, del
Artículo 8 de la ley de Ministerios (T.O. 1992), modificada por la Ley
Nº. 24.190 y del Artículo 6 de la Ley Nº. 24.307.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º: Apruébase la
estructura organizativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
con excepción de la parte correspondiente al INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS, de acuerdo con el Organigrama, Objetivos,
Responsabilidad Primaria y Acciones, Planta Permanente, Planta
Permanente y Gabinete y Planilla Comparativa de Categorías Financiadas
que, como Anexos I, II, III, IVa, IVb y Vb, forman parte integrante de
la presente medida.
Art. 2º: Exceptúase, por única
vez, a la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA dependiente del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de las limitaciones
establecidas por el Artículo 27 del Decreto N.435/90, según texto del
Artículo 5 del Decreto 1887/92, al solo efecto de posibilitar la
cobertura de los cargos que se aprueban por la presente medida.
Art. 3º: Dentro de los TREINTA
(30) días corridos a partir de la fecha de publicación del presente
decreto, se efectuarán los movimientos de personal que fueren
necesarios para la implementación de la estructura organizativa
aprobada por este acto. Entretanto, se mantendrán, con carácter
provisorio la Responsabilidad Primaria y Acciones y Dotación vigentes a
dicha fecha en los términos del artículo 3 del Decreto Nº. 2476/90.
Art. 4º: El personal que se
transfiera dentro de las distintas unidades de la SECRETARIA DE
PROGRAMACION ECONOMICA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, mantendrá sus respectivos Niveles y Grados de
revista vigentes a la fecha del presente Decreto. Lo dispuesto en este
artículo incluye los cargos ocupados del Régimen de Cargos con
Funciones Ejecutivas, como así también aquellas cuyas unidades cambian
de denominación y que se detallan en la planilla anexa al presente
artículo.
Art. 5º: Modifícase la
Distribución Administrativa del Presupuesto de la Administración
Nacional - Recursos Humanos, correspondiente al Programa 18 -
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA de la jurisdicción 50.00 -
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS SERVICIOS PUBLICOS de acuerdo con la
planilla que como Anexo Va, forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 6º: El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida, será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 50.00 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, en la parte correspondiente al programa 18 -
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA.
Art. 7º: Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. - MENEM - Domingo F. Cavallo - José A. Caro Figueroa - Jorge
A. Rodriguez - Oscar H. Camilion - Rodolfo C. Barra - Alberto J. Mazza
- Carlos F. Ruckauf.
ANEXO I
[IMG]
ANEXO II
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
OBJETIVOS
- Elaborar y proponer instrumentos para la programación y análisis de la política económica.
- Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía global, sectorial y regional.
- Evaluar y proponer prioridades de los proyectos de inversión
pública y de los programas con financiamiento externo, manteniendo
actualizado el plan anual de inversión.
- Coordinar la ejecución de las políticas definidas en el plano
fiscal, monetario y de ingresos, a fin de asegurar la consistencia de
la política económica.
- Coordinar la aplicación de las políticas de desregulación
establecidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, tanto en lo relativo a la
desregulación de procedimientos internos de la Administración, que
coadyuven al logro de la política económica trazada, como en lo
relativo al funcionamiento de la economía privada.
- Conducir, a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y
CENSOS, el Sistema Estadístico Nacional y los Censos Nacionales;
elaborar las estadísticas nacionales socio-económicas, y los análisis y
estudios que deriven de ellas.
- Coordinar lo vinculado al Sistema de Cuentas Nacionales y los análisis y estudios que deriven de ellas.
- Programar y evaluar las políticas de gasto social consolidado, su
financiamiento y su impacto sobre la población; efectuar diagnósticos y
seguimientos de los niveles de vida de la población.
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA
OBJETIVOS
- Coordinar la realización de análisis prospectivos que vinculen objetivos e instrumentos de políticas macroeconómicas
- Conciliar los distintos planes, programas y proyectos con los
lineamientos de la política económica en el plano fiscal, monetario y
de ingresos.
- Efectuar el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y
publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el
desempeño de la economía en el corto plazo
- Coordinar la elaboración de las Cuentas Nacionales y los análisis y estudios que se derivan de ellas.
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA REGIONAL
OBJETIVOS:
- Formular el Programa Nacional de Desarrollo Regional.
- Coordinar con dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS y de otros ministerios todos los aspectos
relacionados con la programación económica regional.
- Ofrecer asistencia técnica a las provincias en la formulación de programas de desarrollo regional.
- Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para el apoyo del desarrollo regional.
- Coordinar la instrumentación de un banco único de datos económicos y sociales sobre provincias y economías regionales.
- Realizar estudios sobre las economías regionales.
- Actuar como unidad ejecutora de proyectos orientados al desarrollo regional.
SUBSECRETARIA DE DESREGULACION Y ORGANIZACION ECONOMICA
OBJETIVOS
- Efectuar la propuesta, seguimiento y control de aplicación de las
políticas de desregulación económica tanto en lo concerniente a la
propia gestión de la administración, así como también en lo que hace a
aquellas actividades del sector privado sujetas a regulación.
- Efectuar la propuesta, evaluación y control de las políticas y
normas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y
servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de incrementar
la transparencia y la simplicidad funcional, modernizar las normas
técnicas y adoptar, cuando fuere conveniente, marcos regulatorios que
afiancen la competencia, los derechos del consumidor y aumenten la
oferta de bienes y servicios.
ANEXO III
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
DIRECCION NACIONAL DE INVERSION PUBLICA Y FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
- Evaluar y fijar prioridades en los proyectos de inversión pública y
en los programas que prevean la utilización de financiamiento externo.
ACCIONES
- Crear y mantener una base de datos sobre programas y proyectos de inversión pública, nacionales y provinciales.
- Examinar los aspectos económico-financieros de los proyectos de
inversión pública que requieren dictamen de la SECRETARIA DE
PROGRAMACION ECONOMICA, según lo establecido por el artículo 13 de la
Ley N 21.550.
- Asistir al Secretario de Programación Económica en la definición
de prioridades de inversión pública a nivel nacional necesarias para la
confección anual del proyecto de Presupuesto General de la
Administración Nacional.
- Evaluar las prioridades y la consistencia de los programas y
proyectos que prevean la utilización de financiamiento externo con la
programación económica de mediano plazo.
- Participar en las negociaciones destinadas al otorgamiento de financiamiento de los organismos multilaterales.
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
DIRECCION NACIONAL DE INVERSION PUBLICA Y FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS
DIRECCION DE INVERSION PUBLICA
ACCIONES
- Estudiar estrategias de mediano y largo plazo, generales y sectoriales, de inversión pública.
- Compatibilizar el estudio de proyectos de inversión pública con dichas estrategias.
- Estudiar prioridades de proyectos a nivel nacional, especialmente
para el "Programa de Inversiones Públicas", el Presupuesto Nacional, el
financiamiento externo y la preinversión
- Instalar y mantener un "Banco de Proyectos de Inversión Pública".
- Actualizar la información de estudios de preinversión y de
proyectos de inversión nacional; provinciales, municipales, privados,
etc., principalmente de aquellos que puedan tener mayor trascendencia
nacional.
- Identificar y evaluar proyectos en algunas áreas de particular importancia nacional.
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
DIRECCION NACIONAL DE INVERSION PUBLICA Y FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS
DIRECCION DE FINANCIAMIENTO Y COOPERACION
ACCIONES
- Evaluar la consistencia de los proyectos que prevean la
utilización de financiamiento externo y las prioridades de inversión
pública.
- Dar seguimiento, actualizar la información correspondiente y
asesorar a la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA sobre el
financiamiento y la cooperación para proyectos de inversión pública.
- Representar a la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA en gestiones
y negociaciones de financiamiento y cooperación para proyectos de
inversión pública.
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
DIRECCION NACIONAL DE INVERSION PUBLICA Y FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS
DIRECCION DE ANALISIS DE PROYECTOS
ACCIONES
- Hacer el control de calidad ex-ante y ex-post de las evaluaciones de los proyectos de inversión pública.
- Determinar las metodologías y criterios para la evaluación de los proyectos de inversión pública.
- Promover la difusión y capacitación del conocimiento aplicado para
la evaluación de proyectos de inversión pública y preinversión.
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION DEL GASTO SOCIAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
- Efectuar la evaluación y elaborar programas para las políticas de
gasto social consolidado, su financiamiento y su impacto sobre la
población.
- Elaborar estudios sobre diagnósticos y seguimientos de los niveles de vida de la población.
ACCIONES
- Asistir al Secretario de Programación Económica en los aspectos
vinculados con las políticas de gastos sociales consolidados y niveles
de vida y pobreza.
- Participar en el Consejo Asesor para el estudio de la pobreza en
la Argentina (CAP) y en el Comité Ejecutivo para el estudio de la
pobreza en la Argentina (CEPA).
- Crear y mantener una base de datos sobre el gasto público de los
gobiernos nacional, provincial y municipal, sistemas de seguridad
social, entes cuasipúblicos (obras sociales, asignaciones familiares,
etc.).
- Evaluar la evolución y los resultados de los gastos sociales consolidados.
- Participar en la confección anual del proyecto de Presupuesto
General de la Administración Nacional en lo referente a los gastos
sociales.
- Efectuar proyecciones de mediano plazo de los gastos sociales acordes con los encuadres macroeconómicos y metas definidas.
- Asistir a la Administración Nacional y a otros órganos de gobierno
en el diseño de programas sociales destinados a los sectores de menos
recursos.
- Coordinar los estudios sobre niveles de vida y pobreza y de indicadores de seguimiento de las políticas sociales.
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION DEL GASTO SOCIAL
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.