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FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL

Decreto 1270/2016

Desígnase Presidente del Consejo de Administración.

Buenos Aires, 16/12/2016

VISTO el EX-2016-01445215-APN-DMENYD#MI del Registro del MINISTERIO DEL

INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 24.855 y su Decreto

Reglamentario N° 924 de fecha 11 de septiembre de 1997 y sus

modificatorios, los Decretos Nros. 208 de fecha 31 de enero de 2002 y

389 de fecha 22 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3° de la Ley N° 24.855 se creó el FONDO FIDUCIARIO

FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL que tiene por objetivo asistir a

las provincias y al Estado Nacional en la financiación de obras de

infraestructura económica y social, de acuerdo a lo dispuesto por dicha

Ley.

Que asimismo, el artículo 5° de la Ley N° 24.855 establece que la

administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL

será ejercida por un Consejo de Administración compuesto por SIETE (7)

miembros designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del

actual MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, DOS (2) de los

cuales serán nominados por la asamblea de gobernadores del CONSEJO

FEDERAL DE INVERSIONES.

Que por el artículo 12 del Decreto N° 924/97 y sus modificatorios, se

estableció que los miembros del Consejo de Administración, quienes en

el ejercicio del cargo tendrán las mismas responsabilidades que las

previstas para los directores de las sociedades anónimas en la Ley

General de Sociedades N° 19.550 (t.o. 1984), durarán DOS (2) años en

sus funciones, su remuneración no será superior a la de un Director del

BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y podrán ser designados nuevamente, en

forma indefinida.

Que actualmente, el Consejo de Administración está conformado por D.

José Arturo ESTABILLO (D.N.I. N° 5.404.100), que ocupa el cargo de

Presidente del mismo, el Contador D. Oscar LLANO (D.N.I. N°

14.621.300), el Contador D. Jorge Luis MLADINEO (D.N.I. N° 10.962.892),

el Arquitecto D. Hernán Julio VELA (D.N.I. N° 16.023.706) y el

Licenciado D. Juan Pablo CARRIQUE (D.N.I. N° 26.423.408), designados

por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, mediante el Decreto N° 208/02 el

primero de ellos y por el Decreto N° 389/16 los CUATRO (4) restantes.

Que D. José Arturo ESTABILLO ha presentado su renuncia al cargo de

Presidente del Consejo de Administración, siendo pertinente aceptar la

misma.

Que en el marco de lo expuesto, resulta necesario designar al señor

SECRETARIO DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y

VIVIENDA, Licenciado D. Alejandro Oscar CALDARELLI (D.N.I. N°

12.497.340), como Presidente del Consejo de Administración del FONDO

FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, en reemplazo de D. José

Arturo ESTABILLO.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la

SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS

PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 5° de la Ley N ° 24.855.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Acéptase, a partir de la publicación de la presente

medida en el Boletín Oficial, la renuncia presentada por D. José Arturo

ESTABILLO (D.N.I. N° 5.404.100), al cargo de Presidente del Consejo de

Administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL.

ARTÍCULO 2° — Desígnase, a partir de la publicación de la presente

medida en el Boletín Oficial, con carácter “Ad Honorem”, como

Presidente del Consejo de Administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL

DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, por un período de DOS (2) años, de acuerdo

a lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 24.855 y en el artículo

12 del Decreto N° 924 de fecha 11 de septiembre de 1997 y sus

modificatorios, al señor SECRETARIO DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL

INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, Licenciado D. Alejandro Oscar

CALDARELLI (D.N.I. N° 12.497.340).

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Rogelio Frigerio.