SALUD PUBLICA
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DECRETO N° 12.833
Buenos Aires, 24 de octubre de 1950
POR TANTO:
Téngase por ley de la Nación; cúmplase; publíquese; comuníquese; dése a
la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese.
FRONDIZI- Héctor V. Noblía
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