EXENCION DE GRAVAMENES

Rango Decreto
Publicación 1997-12-04
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 1295/97

**Exímese del pago del derecho de importación y

de tributos a productos originarios y procedentes de Suecia, destinados

a ser exhibidos durante la realización del "Bazar

Navideño", a realizarse en la Ciudad de Buenos Aires.**

Bs. As., 25/11/97

B.O: 4/12/97

VISTO el Expediente N° 061-007889/97 del Registro del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la ASOCIACION SUECA DE BENEFICENCIA solicita la exención

del pago del derecho de importación y demás tributos

que gravan la importación para consumo de los alimentos,

bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, folletos impresos,

catálogos, afíches y otras formas de propaganda,

originarios y procedentes de SUECIA, destinados a ser vendidos

en el "BAZAR NAVIDEÑO", a realizarse en la Calle

Azopardo 1428 de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA),

el día 27 de noviembre de 1997.

Que la realización de esta muestra acrecentará el

intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro

país con el país participante.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención

que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas

al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5°, inciso

s), de la Ley N° 20.545 incorporado por su similar N°

21.450 y mantenido por el artículo 4° de la Ley N°

22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que

gravan a la importación para consumo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Exímese del pago del derecho

de importación, del impuesto al valor agregado, de los

impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística

y comprobación de destino, que gravan la importación

para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos,

artesanías, folletos impresos, catálogos, afiches

y otras formas de propaganda, originarios y procedentes de SUECIA

destinados a ser exhibidos durante la realización del "BAZAR

NAVIDEÑO", a realizarse en la calle Azopardo 1428

de la Ciudad de Buenos Aires (REPUBLICA ARGENTINA) el día

27 de noviembre de 1997 para su obsequio y/o venta en la mencionada

muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES

VEINTE MIL (U$S 20.000), tomando como base de cálculo valores

FOB.

Art. 2°-Exímese del pago del impuesto al valor

agregado y de los impuestos internos a la venta de los productos

mencionados en el artículo 1º del presente decreto

entre el público concurrente a la citada muestra, de corresponder

su aplicación.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.- Roque B. Fernández.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.